El CatoblepasSeparata de la revista El Catoblepas • ISSN 1579-3974
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El Catoblepas · número 215 · abril-junio 2026 · página 15
Artículos

Cuestiones sobre crítica y hermenéutica

Luis Stalin Tobar Bastidas

Análisis de ambas ideas.


El pensar (filosóficamente) es siempre pensar contra alguien o contra algo, es decir, pensar críticamente.
Gustavo Bueno

Incipit

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Presento al lector de la revista El Catoblepas una aproximación a las nociones de «crítica» y «hermenéutica». La crítica se dice en sentido sustantivo y adjetivo. El sentido sustantivo está compuesto de dos géneros y su estrecho vínculo determina sus especies o formas (crítica dialógica, crítica logoterápica, crítica translógica y crítica ontológica). En su sentido adjetivo la crítica es una función dialéctica polémica que forma parte de la clasificación de teorías contrapuestas, es decir, la crítica adjetiva es una teoría de teorías. La hermenéutica, por su parte, es una crítica que interpreta un material dado de modo fiel al decir de su autor. La crítica hermenéutica se mueve dentro del radio de los criterios de verdad (evidencia, conciencia, sentido común, sentidos externos y autoridad humana), el cual se conoce –dentro de la tradición escolástica– como criterio secundum quod y que estudia con rigor la Lógica formal. Finalmente, se establece la importancia del rasguño como género filosófico y al cual suscribo junto a la Escuela de Oviedo.

Bueno en un estudio dedicado al filósofo Fuentes Ortega que lleva el título Dialéctica de clases y dialéctica de Estados (2001) nos dice que la crítica consiste en clasificar, diagnosticar o corregir de modo racional otras clasificaciones que se suponen críticas. Podríamos ensayar la idea de qué el rasguño filosófico instaurado por Bueno como género discursivo y que pueden buscarse vastos ejemplos en la revista española El Catoblepas, bien podría ser –este género discursivo– el recurso dialéctico de exposición de cuestiones filosóficas generales. Suarez en Reivindicación de los «Rasguños» de Gustavo Bueno como género filosófico (2025) define al rasguño filosófico como un género en el cual se bosqueja o se apunta cuestiones generales, las mismas que son trazadas por los primeros cortes de una cosa, según su contorno y dintorno. En el rasguño filosófico subyacen, diaméricamente, los planos subjetuales (finis operantis) y los planos objetuales (finis operis) de ese algo o cosa en cuanto se presenta como una totalidad. Se destaca, a su vez, el hecho de que el rasguño filosófico no se presenta como obra acabada de esa cosa, sino que él tiene sentido por sí mismo sin afanes en terminar como obra maestra. 

Ahora bien, me parece adecuado comenzar definiendo qué entiendo yo por «crítica» o lo que es lo mismo: ejercicio de clasificación general. Mi respuesta se sustenta en un ensayo de Bueno que se titula La filosofía crítica de Gracián (2001) y que no es mi intención exponerlo en su totalidad, sino haciendo ajustado énfasis en la materia que conviene. Bueno nos aproxima a esta noción particular desde dos enfoques gramaticales: el primero es el enfoque «Sustantivo» y el segundo el «Adjetivo». Comienzo por subrayar el hecho de que la raíz del término «crítica» viene del griego kritein y que hace las veces de la criba, es decir, las veces del juicio y las veces del orden, etc.

I

El enfoque sustantivo de la crítica nos lleva a considerar de ella como la capacidad de discriminar una cosa ya dada, recuperándolo de algún modo, ordenarlo. Dos son los géneros de la crítica sustantiva y que Bueno denomina «Crítica P» y «Crítica Q». La primera tiene por instrumento el lenguaje sea expuesto en doctrinas, teorías u opiniones. La segunda tiene por instrumento los objetos reales o corpóreos; por ejemplo, arquitectura, escultura, etc. Esto está dicho en sentido general. Ahora bien, en su sentido particular, cabe referir que la vinculación de estos dos géneros de crítica determina cuatro formas o especies de crítica: éstas son la «crítica dialógica», la «crítica logoterápica», la «crítica translógica» y la «crítica ontológica». La 1ª [p(P)] es la crítica de teorías mediante otras teorías, la 2ª [p(Q)] es la crítica que se ejerce mediante palabras a cosas corpóreas o reales, la 3ª) [q(P)] es la crítica que se lleva a cabo a través de instrumentos reales o corpóreos contra otras teorías, doctrinas u opiniones dadas en algún lenguaje determinado y la 4ª) [q(Q)] es la crítica mediante acciones a otras acciones, por ejemplo, las acciones bélicas que puedan llevarse en una determinada sociedad.

II

El enfoque adjetivo de la crítica puede expresarse como un «genitivo objetivo» o un «sustantivo adjetivado». Sea como sea, la crítica adjetiva es de naturaleza funcional y posee un componente dialéctico que presupone algo dado, a saber, dogmas, teorías, instituciones, etc.; para modificarlo o negarlo. Luego, la crítica adjetiva comprenderá dos momentos: (1) el negativo o destructivo, el parcial o total y (2) el positivo o constructivo que no se limita a la mera destrucción, sino a sustituir, en aquello que criba, una parte por otra. La crítica adjetiva es siempre una crítica general que desborda los campos categoriales por el hecho de que procede siempre de una crítica particular positiva. Con esto –afirmo– la crítica es una función general, universal o trascendental que no se circunscribe a un material delimitado propio de las disciplinas humanas y la ciencia en general. La crítica adjetiva es, en cierto sentido, indefinida lo cual le lleva a exigir siempre criterios trascendentales o universales. La crítica adjetiva, además de criticar un material dado, es ante todo un ejercicio crítico de sus propios criterios que confrontan otros criterios. Esto es: la crítica adjetiva tiende a determinar sus parámetros mediante una tabla de clasificación de teorías. Esta determinación de parámetros es denominada por Bueno como una «Teoría de teorías».

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Hasta aquí puedo definir a la crítica adjetiva como una dialéctica polémica que es la dialéctica de la clasificación de teorías enfrentadas. Finalmente, la crítica adjetiva no empezó con la tradición germánica expresada en las críticas kantianas, sino con la Academia platónica (el sic et non) y por la Escolástica española cuyos representantes fueron Gracián con El Criticón, Feijoo con el Teatro crítico universal y Balmes con El Criterio.

III

González en su Filosofía elemental (1876) trata sobre la noción de «hermenéutica» como parte de la crítica histórica y filológica. La crítica hermenéutica se presenta como un juicio recto de aquello que analiza y está sujeta a una serie de reglas del discurso que se pretende interpretar. Yo condenso dichas reglas en una sola, a saber, que las referencias bibliográficas que se pretenden interpretar han de ser canónicas; esto es, que los autores lo sean de sus libros. Si se quiere que la hermenéutica ejercida tenga algún valor ha de ser considerada bajo los siguientes principios: (1) la interpretación que se pretende hacer de las palabras de un libro, ha de estar acorde a las palabras de su autor, según sus opiniones, (2) se leerá el prólogo o introducción del libro que está por estudiar, puesto que esto va a suministrar a la crítica hermenéutica, datos esenciales del autor y el objetivo de la obra y (3) se ha de conciliar o contrastar las opiniones o doctrinas emitidas por el autor. In nuce: la crítica hermenéutica –dice– ejercer algún criterio de verdad, que en jerga escolástica se lo conoce como criterio «secudum quod». Este criterio, tal como nos lo presenta González en su estudio de la lógica formal (o científica), comprende los criterios lógicos de «evidencia», de «conciencia», de «sentido común», de «sentidos externos» y de «autoridad humana».

α

El criterio de evidencia, a diferencia de la certeza, se refiere al objeto o verdad del entendimiento. No se olvide que entre el entendimiento y lo qué es verdadero hay una relación trascendental. Este criterio contiene –en sí– las evidencias subjetivas y objetivas. Las evidencias objetivas son las más importantes porque vienen a ser en este sentido un criterio infalible de verdad. Ellas constituyen el motivo cierto del juicio. González asevera que está en la esencia del hombre el tomar evidencias mediatas o inmediatas de las cosas. Llamo evidencia inmediata a aquella que percibe los términos de la proposición o la mera intuición del objeto, por ejemplo, el triángulo consta de tres líneas o el todo es mayor que la parte, etc. Llamo evidencia mediata a aquella que no le es suficiente la simple percepción del objeto (proposiciones, términos…), sino que su ejercicio consiste en la comparación del objeto con un tercero, para descubrir, gracias al raciocinio, la identidad de los extremos de una proposición. La evidencia mediata admite un sin número de grados, lo cual se debe a que la proposición es próxima a los principios «per se nota» o evidencias inmediatas.

β

 El criterio de conciencia (o de sentido íntimo) es –al decir de González– la intuición experimental del estado interno (alma) del hombre. El criterio de conciencia tiene por objeto: las modificaciones que afectan el alma de manera sensible, a saber, alegría, volición, dolor, etc. Divido el criterio de conciencia en «sensitivo e imperfecto» y en «intelectivo y perfecto». El primero es aquello que percibe las sensaciones externas. Este es común a los animales y al hombre. Sin embargo, la conciencia sensitiva tiende a no engendrar una noción evidente de sí misma puesto que no va acompañada del raciocinio propio de la conciencia intelectual. Segundo, la conciencia intelectual es ordenada al hombre. El objeto de la conciencia intelectual son las afecciones subjetivas del estado íntimo del hombre –y con él–, la noción del ego como sujeto que las produce o experimenta. Digo que no puede haber verdadera intuición si falta el sujeto real que las produce. González afirmó que la conciencia intelectual, en tanto criterio de verdad, es la razón última de los juicios y los hechos.

Γ

El criterio de sentido común tiende a afirmar alguna verdad que se presenta ordenada al entendimiento humano. Las verdades del criterio de sentido común poseen evidencias mediatas que el raciocinio descubre, puesto que todo criterio de verdad es intelectual o racional. Podríamos decir que del criterio de sentido común resulta una evidencia aparente, pero real. Este criterio se compone de un elemento racional y otro instintivo o natural. En suma: el criterio de sentido común será cierto o evidente en cuanto conciba a la verdad común a los hombres y que la informe la razón científica.

Δ

El criterio de los sentidos externos fue negado por Berkeley, Kant, Fichte, entre otros. Empero, es un criterio de verdad en tanto venga acompañado por las siguientes nociones: 1ª) que los sentidos se encuentren en estado natural, ya sea por parte del órgano como por parte del medio y distancia del objeto. 2ª) que el testimonio de los sentidos externos esté en relación con la esencia del objeto percibido. 3ª) que dicho testimonio sea uniforme y constante. 4ª) que no haya oposición entre el testimonio y los sentidos externos. 5ª) que la razón dirija el ejercicio de los sentidos externos. En resumen: ha de considerarse, en el criterio de los sentidos externos, su fin, su objeto y sus condiciones necesarias para que sirva de criterio de verdad o juicio intelectual.

E

El criterio de autoridad humana, por su naturaleza, es complejo y exige prestar atención a las siguientes condiciones, a saber, que el hecho o fenómeno sea sensible, público, posible y no contrario al criterio del sentido común. Que los testigos conozcan la cosa con sus sentidos o documentos fidedignos. Que su probidad excluya todo engaño. Finalmente, que el testimonio sea constante y uniforme por parte de uno o muchos testigos. Por lo demás, afirmo que el criterio de autoridad humana es un juicio verdadero, en tanto se evite los extremos que consideran, por un lado, que todo lo que podemos conocer sea a causa de una autoridad; por otro, que el criterio de autoridad sea inferior, es decir, considerar que todas las verdades son externas y no son propias del sujeto.

Referencias

Bueno, Gustavo (2001a). Dialéctica de clases y dialéctica de Estados, El Basilisco 30:83-90.

Bueno, Gustavo (2001b, 24 de noviembre). La filosofía crítica de Gracián. Fundación Gustavo Bueno.

González, Zeferino (1876). Filosofía elemental. (2.ª edi.). Proyecto Filosofía en español.

Suárez Ardura, Marcelino (2025). Reivindicación de los «Rasguños» de Gustavo Bueno como género filosófico. El Catoblepas 210:1.


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