Separata de la revista El Catoblepas • ISSN 1579-3974
publicada por Nódulo Materialista • nodulo.org
El Catoblepas • número 109 • marzo 2011 • página 7
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El proceso de interiorización de la culpabilidad:
del ante ti al ante mí
No hay que confundir pecado, falta y culpabilidad. Paul Ricoeur, en Finitud y culpabilidad, afirma que «la confesión de los pecados viene a coronar ese movimiento de interiorización del pecado por el que se integra en culpabilidad personal»{1}. El pecado (versión religiosa de la falta) es un hecho, sea producido por acción o por omisión. La culpabilidad, por su parte, es un sentimiento, una experiencia vivencial. La diferencia queda más de manifiesto al comprender el tránsito del pecado a la culpabilidad, como proceso-salto de la exteriorización a la interiorización. En el análisis que hace Ricoeur de la génesis del sentimiento de la culpa observamos grandes coincidencias con el efectuado por Freud.
En primer lugar, ambos autores definen la culpabilidad como un estado de interiorización de la falta, producto de una inversión, a saber: de ser una autoridad externa la que nos vigila, acusa y castiga, es ahora el hombre mismo quien asume el doble papel de acusador y acusado, de víctima y verdugo. Para Ricoeur, el movimiento de la culpabilidad brota en el momento en que el sujeto ya no confiesa a Dios sus pecados sino a sí mismo:
«En cuanto se acentúa más el "yo" que el "ante Ti", en cuanto llega incluso a olvidarse el "ante Ti", la conciencia de la falta deja de ser pecado para convertirse en culpabilidad; desde ese momento la "conciencia" se erige en medida del mal dentro de una vivencia de soledad total [...]; la culpabilidad representa la expresión por excelencia de la producción de la conciencia a tribunal supremo»{2}.
En este sentido, procede tal sentimiento de fuera, pero se siente, se vive, cuando el individuo se marca a sí mismo, haciéndolo suyo, el motivo de la falta. Si el tabú era la vieja prohibición interiorizada y el pecado el «tabú primitivo interiorizado», la culpa, ahora, se nos aparece como el «pecado interiorizado».
El pecado representa un acontecimiento de alcance universal, extensivo, compartido «constituye una situación cualitativa –o existe o no existe–»{3}. La culpabilidad, sin embargo, tiene un rasgo individual, intensivo, propio. Así como puede hablarse de pecado colectivo, sería impropio referirse a una culpabilidad colectiva. «Al volverse, pues, hacia sí mismo –dice Kierkegaard– [el hombre] descubre la culpa.»{4}
Para Ricoeur, la culpabilidad consuma la interioridad del pecado, mientras que para Freud la culpa es posible por la imagen del Super-Yo, símbolo de la internalización de la autoridad externa. El fundador del psicoanálisis descubre un doble origen en la culpabilidad. En un principio, coincidente con las bases totémicas, expresa miedo a la autoridad de un poder exterior, miedo a ser –por ese poder– descubierto, castigado y apartado de sí, con la pérdida del amor y el afecto que conlleva.
La expresión universal de la autoridad, en el desarrollo psíquico del individuo, coincide la figura del padre. Esta asimilación anima al psicoanálisis a proponer convergencia del movimiento de la culpabilidad y el conflicto edípico, que daría paso a la instauración de la conciencia moral. Tal momento coincide con la genuina presencia de la culpa en su origen, cuando del miedo a la autoridad paterna se pasa al temor al Super-Yo, a la autoridad interior, quien en lo sucesivo pasará a convertirse, en forma de tal conciencia, en el nuevo juez de los deseos, actos y renuncias.
«La agresión por la conciencia moral –señala Freud– perpetúa así la agresión por la autoridad [...] dado que no es posible ocultar ante el Super-Yo la persistencia de los deseos prohibidos».{5}
La culpabilidad conlleva tensión y angustia interior permanente que convoquen el propio castigo. La verdad es que la culpa está tan íntimamente ligada a la idea de castigo que casi llegan a confundirse.{6} La angustia generada por la culpabilidad se extiende sobre el sujeto, indistintamente en su versión religiosa o psíquica, como la sombra de una amenaza. Los lazos que unían al sujeto con Dios o con el Padre saltan por los aires al haber retado la prohibición y cometido la transgresión. El individuo-infractor es consciente de que semejante delito debe ser pagado, requisito necesario para la posible reconciliación: «Esto es lo que fue y será siempre la culpa –afirma Ricoeur– el mismo castigo interiorizado y oprimiendo ya con su peso la conciencia».{7}
La necesidad del castigo la interpreta, asimismo, Freud como la exigencia misma de la culpa, al ser ésta la agresividad internalizada y dirigida contra el propio yo. Al imponer la conciencia moral la renuncia de nuestros instintos, éstos (incluida la agresividad) no desaparecen, sino que son proyectados interiormente. Culparse significa, en consecuencia, castigarse.
El yo masoquista se rinde y subordina al severo Super-Yo: tal es la exigencia de la moral y de la cultura; y tal es el precio a pagar. En los historiales de la psicopatología encontramos claras evidencias de esta situación, en testimonios tan descarnados como el siguiente, extraído del Diario de una esquizofrénica de M. A. Schelaye:
«La culpabilidad exigía un castigo. El castigo era verdaderamente terrible, sádico, consistía precisamente en ser culpable. Porque sentirse culpable es la cosa más horrenda que puede suceder a uno».{8}
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La culpa, lo irreparable y el arrepentimiento
Lo relevante en la vivencia de la culpa no sería tanto de qué se culpa el sujeto, sino el cómo se culpa, y qué conciencia tiene de la misma. El castigo permite al culpable comprender que el delito (la acción culpable) es irreparable, como irreparable es la consecuencia que conlleva, esto es: la pérdida de la inocencia, así como del amor y la consideración de los demás. El no poder deshacer la acción, el verse atado a ella, es la causa de la angustia. La mancha, estela de la culpa, es imborrable, tanto que su efecto se revuelve contra el sujeto. La imposibilidad de borrar el pasado hace que el pasado mismo borre al sujeto, lo anule, lo niegue y lo aliene.
Como dice Castilla del Pino de modo conciso y transparente: «En cuanto una cosa es "hecha", lo único real es que está hecha».{9} Si deshacer el camino no es posible, si el delito y sus efectos marcan indeleblemente a los hombres y las cosas, ¿qué finalidad tiene, entonces, el castigo?
Lo que plantea la cuestión en su raíz no es otra que la presunta validez del arrepentimiento. O más concretamente la esta otra: ¿qué debemos hacer con el pasado? Preconizar el arrepentimiento como manera de superar la mala conciencia y la angustia, significa pretender revolverse sobre el pasado para así recuperarlo, depurarlo y liberarlo. Max Scheler, por ejemplo, habla del arrepentimiento en términos de renacimiento, de posesión auténtica de uno mismo; el pasado recuperado lo liberaría de su determinación. Así, regenerado, el propio yo puede vérselas con un porvenir ilusionado.
Por el contrario, otras voces denuncian semejante pretensión del arrepentimiento. Castilla del Pino se ha referido a este concepto como «alienación por el sufrimiento», un falso ideal de reparación. Según hemos dicho, la vivencia de la culpa ya es un castigo. Pues bien, ¿qué pretende, además, el arrepentimiento, como no sea hundirse más y más en el propio sufrimiento? ¿Por qué es suficiente la culpa misma para compensar la falta?
He aquí la paradoja de la culpabilidad: al hacer coincidir la reparación con el sufrimiento, éste se convierte en un fin en sí mismo más que en un medio. La base masoquista (en lo psíquico) y destructora (en lo moral) del fenómeno queda patente, al sucumbir el penitente en un exhibicionismo y un narcisismo estériles, que no buscan otra gratificación que su dolor contemplado: «¿en qué medida –se pregunta Nietzsche– puede ser el sufrimiento una compensación de «deudas»? En la medida en que hacer-sufrir produce bienestar en sumo grado [...] La compensación consiste, pues, en una remisión y en un derecho a la crueldad».{10}
El arrepentimiento también ha sido visto como presuntuosa afirmación de auto-orgullo. Al buscar la «perfección» por el sufrimiento, uno mismo parece pretender responsabilizarse de todo lo sucedido, lo que le convertiría en dueño total del devenir. Por esta línea camina la reflexión de Baruch de Spinoza sobre el tema: «El arrepentimiento no es una virtud, o sea, no nace de la razón; el que se arrepiente de lo que ha hecho es dos veces miserable o impotente.»{11}
¿Qué hacer, entonces, con el pasado, entendido no como pretérito personal sino como pasado histórico, ético, como pretérito imperfecto? Olvidarlo, sería la fórmula nietzscheana. Olvidar el pasado que el devenir de la moral esclavizadora ha eternizado con sus herencias y sus exigencias, que demanda promesas y deudas, y acaba apoderándose de las voluntades humanas para negarlas. La necesidad del olvido representaría un modo ético de recobrar la salud mental y moral, un poder reconstituyente que permitiría un verdadero renacimiento creador:
«un poco de silencio –reclama Nietzsche en La genealogía de la moral– un poco de tabula rasa (tabla rasa) de la consciencia, a fin de que haya sitio para lo nuevo, y sobre todo para las funciones y funcionarios más nobles, para el gobernar, el prever, el predeterminar (pues nuestro organismo está estructurado oligárquicamente)– éste es el beneficio de la activa, como hemos dicho, capacidad de olvido...»{12}
Olvidar y borrar el pasado es también lo que imploraba Macbeth, en la tragedia de Shakespeare del mismo nombre, tras asesinar a Duncan. Limpiar la herida y borrar la infamia. Pero pronto comprende que la mano criminal no puede ser lavada por todo el agua del océano. En su destino, arrastra la culpa sin remedio. Igual que un moderno Prometeo, el peso de la condena no le permitirá descansar jamás ni abandonarse al sueño reparador del olvido, porque «¡Macbeth ha asesinado el sueño! ¡El inocente sueño!»
¿Representa esto también el fin del sueño y la esperanza del hombre de recuperar la inocencia perdida?
Notas
{1} Paul Ricoeur, Finitud y culpabilidad, Taurus, Madrid 1982, pág. 262.
{2} Idídem., págs. 262-263.
{3} Ibídem., pág. 265.
{4} Soren Kierkegaard, El concepto de la angustia, Selecciones Austral, Espasa-Calpe, Madrid, 1979, pág.131.
{5} Sigmun Freud, El malestar en la cultura, op.cit., págs. 68-69.
{6} El idioma alemán contempla nítidamente esta relación: Strafbarheit, término que expresa el sentido de la voz «culpabilidad», tiene como raíz nominal Strafe, es decir, «castigo».
{7} Paul Ricoeur, op.cit., pág. 260.
{8} Citado por Jean Lacroix, Filosofía de la culpabilidad, Herder, Barcelona, 1980, pág. 36.
{9} Carlos Castilla del Pino, La culpa, Revista de Occidente, Madrid 1968, pág. 62.
{10} Friedrich Nietzsche, La genealogía de la moral, Alianza, Madrid 1980, pp. 74-75.
{11} Baruch Spinoza, Ética, Editora Nacional, Madrid, 1980, pág.318.
{12} Friedrich Nietzsche, op. cit., pág. 66.