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El Catoblepas, número 136, junio 2013
  El Catoblepasnúmero 136 • junio 2013 • página 3
Artículos

Algunas consideraciones sobre el sintagma “matrimonio homosexual” a partir de las palabras “esponsales” y “matrimonio” en el Antiguo Testamento

Vincenzo Fasano

Comunicación defendida ante los
XVIII Encuentros de Filosofía, Oviedo 22-23 de marzo de 2013
 

Introducción

A través de los siglos, las sociedades humanas han respondido de maneras diferentes unas de otras a la pregunta sobre el sentido y el contenido de la vida común de los hombres y de las mujeres en el matrimonio{1}. La amplitud de las variaciones históricas y culturales en la concepción y realización del matrimonio podria poner de relievo la presencia, en la sexualidad humana, de una zona de indeterminación colmada de indicaciones culturales. Es elocuente que los grandes movimientos de la era moderna han desarrollado no sólo una teoría particular del Estado y de la economía, sino también una determinada concepción de la sexualidad y del matrimonio{2}.

El Concilio Vaticano II trató con particular atención del matrimonio y de la familia{3}, y recordó a todos que, «sin embargo, un hecho muestra bien el vigor y la solidez de la institución matrimonial y familiar: las profundas transformaciones de la sociedad contemporánea, a pesar de las dificultades a que han dado origen, con muchísima frecuencia manifiestan, de varios modos, la verdadera naturaleza de tal institución»{4}. Hoy no se puede no llamar la atención sobre las nuevas circunstancias en las que se desarrolla la vida familiar, y la presencia en la legislación española de presupuestos que devalúan el matrimonio, causan la desprotección de la familia y llevan a una cultura anclada en la llamada revolución sexual, influida por la ideología de género, a la que se presenta jurídicamente bajo la forma de nuevos derechos{5}.

En otras palabras, se habla hoy de “matrimonio homosexual”, una expresión que desde una perspectiva puramente lingüística, es un sintagma de contenido imposible similar a otros que eventualmente se pueden construir como “círculo cuadrado” o “hierro de madera”. De hecho, la estructura natural de la familia no responde a un credo religioso, sino que es parte de la naturaleza misma del ser humano. La Asamblea Plenaria de la Conferencia Episcopal Española, ante la sentencia del Tribunal Constitucional del pasado 6 de noviembre 2012, recordó que «la actual legislación española sobre el matrimonio –con independencia de que sea o no conforme a la Constitución– es gravemente injusta, puesto que no reconoce ni protege la realidad del matrimonio en su especificidad»{6} y no protege el derecho de los contrayentes a ser reconocidos en el ordenamiento jurídico como “esposo” y “esposa”, ni garantiza el derecho de los niños y de los jóvenes a ser educados como “esposos” y “esposas” del futuro. Como consecuencia, bajo esta ideología se intenta redefinir la familia como cualquier grupo de personas que viven bajo un mismo techo.

Los esponsales

En el Antiguo Testamento, los esponsales son la promesa de matrimonio hecha algún tiempo, mayor o menor, antes de la celebración de las nupcias{7}. El procedimiento matrimonial israelita, de hecho, se divide normalmente en dos fases: la primera incipiente, los esponsales, y la segunda completiva, el matrimonio{8}. Con la fase de los esponsales un hombre (y quien tiene autoridad sobre él o alguien en su lugar), aparece en la casa de la novia deseada y la pide en matrimonio; después de haber recibido el consentimiento, concluye el contrato matrimonial.

El idioma hebreo tiene un verbo especial para expresar esta fase, el verbo שׂרַאֵ (’eras), «comprometerse con», empleado once veces en la Biblia{9}. La persona que realiza la acción es siempre de sexo masculino, mientras el objeto de la acción es siempre de sexo femenino{10}. Pero los textos legislativos prueban que los esponsales eran una costumbre reconocida y que tenían efectos jurídicos{11}. Según Dt 20,7{12}, por ejemplo, un hombre que se ha comprometido con una muchacha, pero que aún no se ha casado con ella, está dispensado de ir a la guerra.

Estos son principios que no responden a verdades de fe, sino que son parte de la verdad que cada ser humano lleva inscrita en su propia naturaleza. El cuerpo humano es testigo en sí mismo de la capacidad del hombre y la mujer de entregarse mutuamente y de ser cooperadores en la procreación de las nuevas vidas. La naturaleza sexuada del ser humano no es sólo un dato más, sino que es parte de su propio ser hombre y mujer. Esta misma naturaleza le otorga el derecho a cada niño a tener un padre y una madre y el derecho de esos padres a ser la primera escuela de virtudes para sus hijos.

El matrimonio

Cuando Dios dice que «no es bueno que el hombre esté solo»{13}, afirma que el hombre por sí “solo” no realiza totalmente su esencia. Solamente la realiza existiendo “con alguien” y “para alguien”. Para superar esa soledad es necesaria la presencia de otro “yo”. Y de esta manera, al afirmar la persona del otro “yo”, se da cuenta y afirma a la vez el “yo” de su ser personal, bien en la masculinidad o en la feminidad. Con la creación del ser humano en dualidad de sexos, se afirma el significado axiológico de la sexualidad humana: el hombre es para la mujer y esta es para el hombre, y en consecuencia los padres para los hijos. La diferencia sexual es indicadora de la recíproca complementariedad y está orientada a la comunicación{14}.

En cuanto a la estructura de la familia israelita, el matrimonio fue de derecho polígamo en el sentido de que un hombre podía casarse con dos o más mujeres, pero a medida que la poliandria -una mujer con dos o más maridos- está ausente en el Antiguo Testamento, sería preferible hablar de poliginia en lugar de poligamia. Muchos autores han visto en algunos pasajes del Antiguo Testamento pistas, o aún declaraciones de ley monógama, confundiendo en general la práctica con la ley{15}. El análisis lleva a distinguir entre diferentes formas de poligamia: de gran escala para los jefes de tribus y pequeñas para los particulares. Israel, de hecho, practicó la poligamia desde la era patriarcal. Sin embargo, al menos durante la época de los Patriarcas, era sobre todo una monogamia relativa, ya que sólo existía una sola esposa titular, mientras que las otras eran esposas de segundo grado o concubinas. Esta práctica no fue impuesta por la revelación bíblica, sino que se inspiró por el ambiente de Mesopotamia desde donde venían los Patriarcas.

Todas estas disposiciones legales son motivadas por la importancia concedida a la fertilidad de la mujer y a la descendencia en la línea masculina de garantizar la continuidad del nombre y la transmisión de la herencia. La familia tiene prioridad sobre el individuo y se debe continuar a través de él: se desprende una ética sexual para que los hombres y las mujeres no estén en el mismo plano. Las esposas y las concubinas tienen ciertos derechos y deberes, mientras el hombre tiene con una gran libertad de acción.

Con respecto al ideal del matrimonio monógamo, hay que decir que, además de los indicios en favor de una relación monógama ciertamente presente en los escritos sapienciales y poéticos, sobre todo después del exilio{16}, la poligamia es en armonía con el concepto, fundamental para la familia israelita, de las mujeres como procreadora de los hijos, que continuarán el linaje y serán brazos para el trabajo y defensa en el caso de conflictos y guerras{17}. Es cierto que cuando los Profetas utilizan la imagen del amor esponsal de Dios por Israel en la mayoría de los casos se refieran a un matrimonio monógamo, pero no se puede olvidar que a veces explotan también la imagen de una relación de un hombre con dos mujeres{18}. Y no se puede olvidar también que en el caso del levirato, la ley obliga a la poligamia{19}. De todo esto se desprende que los Profetas no tienen ninguna intención de dar advertencias sobre la naturaleza del matrimonio, ellos utilizan solo una situación muy expresiva de la vida diaria. Con el paso del tiempo, sobre todo después del exilio, la poligamia de hecho fue muy rara y la familia israelita media vuelta monógama.

Se ve por lo tanto que la moral bíblica es mucho más que un código de comportamientos y actitudes. Se presenta como un “camino” que, en el sentido bíblico, debe ser concebido ya desde el comienzo según su sentido teológico profundo: «designa la Ley como un don de Dios, como fruto de la iniciativa exclusiva de un Dios soberano, que se compromete a sí mismo en una alianza y compromete a su contrayente humano»{20}. Este “camino” moral no llega sin preparación. La moral revelada no ocupa el primero puesto. El Antiguo Testamento se presenta como una historia y es necesario, por consiguiente, prestar atención a los cambios de la praxis en las sucesivas fases de un proceso que se desarrolla durante un período de tiempo superior al milenio.

El sintagma “matrimonio homosexual”

El sintagma “matrimonio homosexual” es un ejemplo de cómo se intenta variar la realidad con las palabras. En definitiva todo este asunto de crear un nuevo concepto de familia tiene el problema precisamente de que, como no es familia, necesita inventar palabras y sintagmas, desde “matrimonio homosexual” a “progenitor A” o “progenitor B”. De hecho, un batiburrillo de ideas y tendencias que crean un “círculo cuadrado” o un “decaedro regular”, es decir algo que no puede existir por ser contradictorio en esencia. Cuando un determinado gobierno, cegado por la ideología y empecinado ante la verdadera realidad social, invoca el principio genérico de “lo que la sociedad quiere”, en muchas ocasiones lo hace como excusa para poner en marcha lo que él desea. El Gobierno Zapatero se embarcó en diversos proyectos de este tipo, como el del llamado “matrimonio homosexual” que, en realidad, lo que hizo, no fue legalizar el matrimonio entre personas homosexuales sino reformar el código civil en materia de matrimonio para hacerlo desaparecer en su especificidad{21}.

Conclusión

Las grandes contiendas jurídicas no son simplemente nacionales, son universales. La tensión se percibe hoy entre dos tendencias opuestas. La primera es lo que en términos de derecho internacional se llama “efecto dominó”. Es decir, la propensión expansiva de una institución jurídica, cuando es adoptada por un sistema político de cierta influencia sobre otros. La aceptation en España del llamado matrimonio entre personas del mismo sexo, produjo como reacción que algún país hispanoamericano alterara profundamente la estructura configurativa del matrimonio, aceptando el matrimonio entre homosexuales{22}. Junto a esta tendencia expansiva, la adopción por algunos sistemas jurídicos del matrimonio entre personas del mismo sexo, ha producido una reacción contraria. La segunda es lo que he llamado en alguna ocasión “efecto blindaje”, esto es, la defensa del matrimonio heterosexual a través de la constitucionalización de la nota de heterosexualidad{23}. Un ejemplo de esta tendencia en Europa ha sido Hungría, donde se aprobó el 25 de abril de 2011 una nueva Constitución, que establece la protección de la institución del matrimonio, considerado como la unión natural entre un hombre y una mujer y como fundamento de la familia.

Ya bien lo advertia el Papa Benedicto XVI en su discurso del 12 de febrero de 2007:

«La ley natural es la fuente de donde brotan, juntamente con los derechos fundamentales, también imperativos éticos que es preciso cumplir. En una actual ética y filosofía del derecho están muy difundidos los postulados del positivismo jurídico. Como consecuencia, la legislación a veces se convierte sólo en un compromiso entre intereses diversos: se trata de transformar en derechos intereses privados o deseos que chocan con los deberes derivados de la responsabilidad social. En esta situación, conviene recordar que todo ordenamiento jurídico, tanto a nivel interno como a nivel internacional, encuentra su legitimidad, en último término, en su arraigo en la ley natural, en el mensaje ético inscrito en el mismo ser humano»{24}.

Las leyes no pueden apartarse de la verdad sobre el ser humano, pues una ley sin verdad, se convierte en tiranía.

Vincenzo Fasano
Abogado de la Rota Romana

Resumen

A través de los siglos, las sociedades humanas han respondido de maneras diferentes unas de otras a la pregunta sobre el sentido y el contenido de la vida común de los hombres y de las mujeres en el matrimonio. Hoy no se puede no llamar la atención sobre las nuevas circunstancias en las que se desarrolla la vida familiar, y la presencia en la legislación española de presupuestos que devalúan el matrimonio, causan la desprotección de la familia y llevan a una cultura anclada en la llamada revolución sexual, influida por la ideología de género, a la que se presenta jurídicamente bajo la forma de nuevos derechos. En otras palabras, se habla hoy de “matrimonio homosexual”, una expresión que desde una perspectiva puramente lingüística, es un sintagma de contenido imposible. De hecho, esponsales y matrimonio no responden a verdades de fe, sino que son parte de la verdad que cada ser humano lleva inscrita en su propia naturaleza. El sintagma “matrimonio homosexual” es un ejemplo de cómo se intenta variar la realidad con las palabras.

Notas

{1} J.J. Bachofen, El matriarcado. Una investigación sobre la ginecocracia en el mundo antiguo según su naturaleza religiosa y jurídica, Madrid, 1987; J.F. Thiel, Il fattore antropologico-culturale nell’istituzione del matrimonio, in Concilium 5 (1970), pp. 25-39; L.V. Doucet-Bon, Le mariage dans le civilisations anciennes, Paris, 1975.

{2} Por ejemplo, integrando la teoría del materialismo histórico-dialéctico con los aportes del etnólogo evolucionista Lewis Henry Morgan, Friedrich Engels traza la historia del pasado creyendo anticipar la historia futura del matrimonio. Originalmente había un período de promiscuidad sexual hasta que llegó un matrimonio de grupo, que estaba conectado a una descendencia matrilineal que aseguraba a la mujer una posición de preeminencia (matriarcado). A través de un siguiente matrimonio de pareja, donde la mujer, como el hombre, conservaba la capacidad de formar o disolver el matrimonio en relación al nacimiento o a la extinción de la atracción sexual, se llegó, bajo la presión de la concentración de la propiedad privada y de la herencia, así como bajo el trabajo de una revolución victoriosa llevada a cabo por los hombres, en el matrimonio monógamo. Se había así impuesto a la mujer un vínculo inquebrantable de lealtad al hombre, pero no a la inversa, es decir, del hombre a la mujer, y le se había tambien impuesto una descendencia patrilineal estableciendo el dominio masculino. La monogamia aparece a Friedrich Engels como el primer conflicto de clase entre el hombre-burgués y la mujer-proletario. Con la sociedad industrial, los nuevos trabajos de las mujeres y el definitivo cambio social, lo que se lograría con la transformación de la propiedad privada en propiedad pública, suprimiría las causas económicas que dieron origen a la monogamia. Con ellas, esta forma de matrimonio desaparecería, para dar lugar a uniones determinadas, tanto por nacimiento que por durada, para un amor mutuo que permitiría el emancipacion de las mujeres. Cf. F. Engels, El origen de la familia, la propiedad privada y el Estado, Madrid, 1970.

{3} Cf. Constitución pastoral Gaudium et spes, nn. 47-52.

{4} Constitución dogmática Lumen gentium, n. 47.

{5} Congregación para la Doctrina de la Fe, Carta a los Obispos de la Iglesia Católica sobre la colaboración del hombre y de la mujer en la Iglesia y el mundo, 31 de julio de 2004, n. 2: «En los últimos años se han delineado nuevas tendencias para afrontar la cuestión femenina. Una primera tendencia subraya fuertemente la condición de subordinación de la mujer a fin de suscitar una actitud de contestación. La mujer, para ser ella misma, se constituye en antagonista del hombre. A los abusos de poder responde con una estrategia de búsqueda del poder. Este proceso lleva a una rivalidad entre los sexos, en el que la identidad y el rol de uno son asumidos en desventaja del otro, teniendo como consecuencia la introducción en la antropología de una confusión deletérea, que tiene su implicación más inmediata y nefasta en la estructura de la familia. Una segunda tendencia emerge como consecuencia de la primera. Para evitar cualquier supremacía de uno u otro sexo, se tiende a cancelar las diferencias, consideradas como simple efecto de un condicionamiento histórico-cultural. En esta nivelación, la diferencia corpórea, llamada sexo, se minimiza, mientras la dimensión estrictamente cultural, llamada género, queda subrayada al máximo y considerada primaria. El obscurecerse de la diferencia o dualidad de los sexos produce enormes consecuencias de diverso orden. Esta antropología, que pretendía favorecer perspectivas igualitarias para la mujer, liberándola de todo determinismo biológico, ha inspirado de hecho ideologías que promueven, por ejemplo, el cuestionamiento de la familia a causa de su índole natural bi-parental, esto es, compuesta de padre y madre, la equiparación de la homosexualidad a la heterosexualidad y un modelo nuevo de sexualidad polimorfa».

{6} Conferencia Episcopal Española, Nota sobre el matrimonio y el fallo del Tribunal Constitucional, Madrid, 8 de noviembre de 2012, n. 3.

{7} H. Lesêtre, Fiançailles, in Dictionnaire de la Bible, II, Paris, 1912, p. 2230.

{8} Z.W. Falk, Hebrew Law in biblical times. An Introduction, Jerusalem, 1964, p. 147.

{9} Ex 22, 15; Dt 20, 7; 22, 23; 22, 25; 22, 27; 22, 28; 28, 30; 2S 3, 14; Os 2, 21; 2, 22; Sal 21, 3. Cf. S. Mandelkern, Concordantiae Hebraicae atque Chaldaicae, I, Graz, 1955, p. 154d.

{10} F. Zorell, Lexicon Hebraicum Veteris Testamenti, Romae, 1984, p. 83a, s.v.; L. Alonso Schökel, Diccionario Bíblico Hebreo-Español, Valencia, 1990, p. 76a, s.v; D. Clines, The Dictionary of Classical Hebrew, I, Sheffield, 1993, p. 399a, s.v.; W.L. Holladay, A Concise Hebrew and Aramaic Lexicon of the Old Testament, Michigan, 1991, p. 28b, s.v.

{11} Z.W. Falk, Hebrew Law in biblical times. An Introduction, op. cit., p. 136; A. Tosato, Il matrimonio israelitico, Roma, 1982, p. 87. E. Kalt, Archeologia biblica, Torino, 19442, p. 34.

{12} «¿Hay alguno que esté prometido en matrimonio y que todavía no se haya casado? Regrese en seguida a su casa, no sea que muera en el combate y otro se case con su prometida».

{13} Gn 2, 18.

{14} Congregación para la Educación Católica, Orientaciones educativas sobre el amor humano, 1 de noviembre de 1983, n. 4: «La sexualidad es un elemento básico de la personalidad; un modo propio de ser, de manifestarse, de comunicarse con los otros, de sentir, expresar y vivir el amor humano. Por eso, es parte integrante del desarrollo de la personalidad y de su proceso educativo». En esa comunión interpersonal hunde sus raíces el matrimonio instituido por Dios desde los orígenes, cf. Juan Pablo II, Gratissimam sane, 2 de febrero 1994, n. 8; Idem, Mulieris dignitatem, 15 de agosto 1988), n. 6.

{15} Los Patriarcas, los jueces y, por encima de todos, los reyes son polígamos. Para R. de Vaux, Instituciones del Antiguo Testamento, Barcelona, 1976, p. 55, «El relato de la creación de la primera pareja humana, Gen 2,21-24, presenta el matrimonio monógamo como conforme con la voluntad de Dios. Los patriarcas del linaje de Set son presentados como monógamos, por ejemplo, Noé, Gen 7,7, mientras la poligamia hace su aparición en el linaje reprobado de Caín: Lámele tomó dos mujeres, Gen 4,19. Ésta es la idea que se tenía delos orígenes». Lámele, descendiente de Caín, es el primero de los cuales se afirma que tenía dos mujeres. No se puede establecerse, sin embargo, la conclusión que se quiere conectar la introducción de la poligamia con el pecado de Caín. Cf. H. Lesêtre, Mariage, in Dictionnaire de la Bible, IV, Paris, 1912, p. 760; V. Fasano, Tra poligamia e monogamia: alcune considerazioni sul matrimonio veterotestamentario, in Rivista del Consiglio (Bollettino dell’Ordine degli Avvocati presso la Corte d’Appello di Lecce), anno XI, n. 2 (2007), pp. 188-194.

{16} Cfr. Sal 128, 3; Pro 12, 4; 18, 22; 19, 14; 31, 10-31; ecc.

{17} Gn 3, 20; Dt 28, 11; Gb 12, 19; Sal 45, 17-18; 113, 19; 127, 3-5; 128, 3.6; 144, 12ss.; Pro 17, 6. V. Dellagiacoma, Il matrimonio presso gli ebrei, in Rivista Biblica 7 (1959), pp. 230-241.

{18} Ger 3, 6ss.; Ez 23, 2.4.

{19} Dt 25, 5-10.

{20} Pontificia Commissio Biblica, Biblia y moral. Raíces bíblicas del comportamiento cristiano, 11 de mayo 2008, n. 20.

{21} Para Gustavo Bueno lo sucedido en los últimos años de Gobierno socialista constituye un ejemplo manifiesto de que tanto José Luis Rodríguez Zapatero como gran parte de los miembros de su partido conciben un mundo más propio de la ensoñación infantil, que guarda evidentes paralelismos con el de los espejos o con el País de las Maravillas en los que se aventuraba de cuando en cuando la Alicia de Lewis Carroll. G. Bueno, Zapatero y el Pensamiento Alicia. Un presidente en el País de las Maravillas, Madrid 2006, p. 10: «El Pensamiento Alicia procede representándose un mundo distinto del mundo real, y no sólo esto, sino, lo que es más interesante, un mundo al revés de nuestro mundo, como es propio del mundo de los espejos». Este pensamiento acrítico y que sobrepasa con mucho los límites de la utopía es capaz de llamar personas humanas a los simios; progenitores A y B a los miembros de las parejas homosexuales a los que se les ha concecido un niño en adopción; o fascistas a quienes vencieron en la Guerra Civil española.

{22} Por ejemplo, la República Argentina permite los matrimonios entre personas del mismo sexo desde el día el 15 de julio de 2010. La ley argentina aprobada (Ley Nacional Nº 26.618) es una modificación de algunos artículos del Código Civil en su Libro I, Sección Segunda De los derechos en las relaciones de familia, del Libro II, Sección Tercera, Título II, De la sociedad conyugal y de otras secciones del Código.

{23} J. G. Pérez, El derecho a contraer matrimonio en la Jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, in Revista iberoamericana de derecho público y administrativo 10 (2010), pp. 27-28.

{24} Benedicto XVI, A los participantes en el Congreso Internacional sobre la Ley Moral Natural organizado por la Pontificia Universidad Lateranense, 12 de febrero de 2007.

 

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