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El Catoblepas, número 62, abril 2007
  El Catoblepasnúmero 62 • abril 2007 • página 12
Artículos
Educación para la ciudadanía

Educación para la feligresía

Antonio Romero Ysern

Crítica de la crítica de los obispos españoles
a la nueva asignatura de Educación para la ciudadanía

Educación para la feligresía / Educación para la ciudadanía

La Comisión Permanente de la Conferencia Episcopal española ha publicado a finales del pasado mes de febrero un escrito sobre «La Ley Orgánica de Educación (LOE), los Reales Decretos que la desarrollan y los derechos fundamentales de padres y escuelas». Nos referiremos, a continuación, a su apartado tercero, dedicado a «La Educación para la ciudadanía» que reproducimos seguidamente:

«La «Educación para la ciudadanía»
a) Una formación estatal y obligatoria de la conciencia
8. La enseñanza de la Religión y Moral católica debe ser y es optativa para los alumnos, porque han de ser los padres quienes determinen el tipo de formación religiosa y moral que deseen para sus hijos. Éste es su derecho primordial, insustituible e inalienable. Se lo reconoce la Constitución en el artículo 27, 3. Queda tutelado también por el artículo 16, 1, que consagra la libertad ideológica y religiosa. Por tanto, el Estado no puede imponer legítimamente ninguna formación de la conciencia moral de los alumnos al margen de la libre elección de sus padres. Cuando éstos eligen libremente la Religión y Moral católica, el Estado debe reconocer que la necesaria formación moral de la conciencia de los alumnos queda asegurada por quienes tienen el deber y el derecho de proveer a ella. Si el sistema educativo obligara a recibir otra formación de la conciencia moral, violentaría la voluntad de los padres y declararía implícitamente que la opción hecha por ellos en el ejercicio de sus derechos no es considerada válida por el Estado.

9. Precisamente eso es lo que hace ahora el Estado con la nueva área creada por la LOE bajo el nombre de «Educación para la ciudadanía». Si el texto de la Ley dejaba algún margen para la duda, los Decretos que la desarrollan establecen expresamente que dichas enseñanzas pretenden formar, con carácter obligatorio, «la conciencia moral cívica» de todos los alumnos en todos los centros. De ahí que los criterios de evaluación no se refieran sólo a contenidos, sino también a actitudes y hábitos personales, cuya constitución se basa siempre en la visión de la vida que informa la conciencia moral (véase, en particular, el Decreto de 29 de diciembre de 2006 sobre la Educación Secundaria). Se formará y evaluará, pues, la conciencia moral de los alumnos, al margen de la voluntad de sus padres.

10. Es cierto que la educación de la conciencia no debe quedar excluida de la tarea educativa. Por el contrario, una educación verdaderamente integral que persiga el desarrollo armonioso de la persona en todas sus dimensiones no puede reducirse a la mera transmisión de conocimientos; ha de referirse también a la verdad del ser humano como norma y horizonte de la vida. Pero las enseñanzas antropológicas orientadas a la formación de la conciencia moral - tanto en lo «personal» como en lo «social» - no son competencia del Estado. La autoridad pública no puede imponer ninguna moral a todos: ni una supuestamente mayoritaria, ni la católica, ni ninguna otra. Vulneraría los derechos de los padres y/o de la escuela libremente elegida por ellos según sus convicciones. Son los padres y es la escuela, como colaboradora de aquéllos, quienes tienen el derecho y el deber de la educación de las conciencias, sin más limitaciones que las derivadas de la dignidad de la persona y del justo orden público.

b) Impone el relativismo moral y la ideología de género
11. Con lo dicho bastaría para que nos viéramos en la necesidad de denunciar una asignatura, cuyo objetivo confesado es una formación de las conciencias impuesta por el sistema educativo a todos los alumnos. Pero además hemos de denunciar también que los criterios que guiarán estas enseñanzas son los propios del relativismo y de la llamada ideología de género. La «verdad» no juega papel alguno en los Decretos que desarrollan sus contenidos. En cambio, el nuevo concepto de «homofobia» forma parte de los contenidos previstos como enseñanzas mínimas por los Reales Decretos. Bajo tal concepto se esconde una visión de la constitución de la persona más ligada a las llamadas «orientaciones sexuales» que al sexo. De ahí que el sexo, es decir, la identidad de la persona como varón o como mujer, sea suplantado por el «género» precisamente cuando se señalan los criterios según los cuales se evaluará la conciencia moral de los alumnos de Secundaria.

12. No habría nada que objetar a una asignatura que facilitara el conocimiento objetivo de los principios constitucionales o de las normas cívicas de convivencia. Lo que denunciamos son unas enseñanzas concretas que, bajo el nombre de «Educación para la ciudadanía», constituyen una lesión grave del derecho de los padres a determinar la educación moral que desean para sus hijos; unas enseñanzas que, además, tal como aparecen programadas, significan la imposición del relativismo y de la ideología de género. No es precisamente esto lo que los organismos de Europa sugieren a los Estados miembros. No es éste el modo adecuado de salir al paso de la necesidad apremiante de una formación integral de la juventud para la convivencia en la verdad y la justicia, con actitudes positivas que contribuyan a la creación y consolidación de la paz en las familias, las escuelas y la sociedad. Todos deseamos que la escuela forme ciudadanos libres, conscientes de sus deberes y de sus derechos, verdaderamente críticos y tolerantes. Pero eso no se consigue con introducir en las conciencias de los jóvenes el relativismo moral y una ideología desestructuradora de la identidad personal. Esta «Educación para la ciudadanía» de la LOE es inaceptable en la forma y el fondo: en la forma, porque impone legalmente a todos una antropología que sólo algunos comparten y, en el fondo, porque sus contenidos son perjudiciales para el desarrollo integral de la persona.c) Reclama una actuación responsable y comprometida

13. Los padres harán muy bien en defender con todos los medios legítimos a su alcance el derecho que les asiste de ser ellos quienes determinen la educación moral que desean para sus hijos. Los centros católicos de enseñanza, si admiten en su programación los contenidos previstos en los Reales Decretos, entrarán en contradicción con su carácter propio, informado por la moral católica. El Estado no puede obligarles a hacerlo, si no es vulnerando el derecho a la libertad de enseñanza y a la libertad religiosa. Los centros estatales, por su parte, al tener que impartir esta asignatura perderán su obligada neutralidad ideológica e impondrán a los alumnos una formación moral no libremente elegida por sus padres o incluso expresamente contradictoria con su voluntad cuando éstos hayan elegido para sus hijos la enseñanza de la Religión y Moral católica. Los padres y los centros educativos deben actuar de modo responsable y comprometido en favor de sus derechos educativos y de la libertad de conciencia.»

Nuestra crítica a este texto no implica en absoluto ninguna «simpatía» por esa nueva asignatura. Aceptamos totalmente la crítica hecha a esa asignatura, pero desde unas coordenadas totalmente diferentes a las de los obispos, en las páginas de esta misma revista por Joaquín Robles López{1}.

Nuestra crítica a este texto de la Conferencia Episcopal se resume en que, a nuestro juicio, resulta ininteligible por su carácter contradictorio. Concretamente, los obispos españoles incurren en dos contradicciones que pasamos a exponer.

1. Estado y escuela en la «Formación de las conciencias»

Dice la Conferencia Episcopal:

«(...) el Estado no puede imponer legítimamente ninguna formación de la conciencia moral de los alumnos al margen de la libre elección de sus padres.

Y, más adelante:

(...) las enseñanzas antropológicas orientadas a la formación de la conciencia moral –tanto en lo «personal» como en lo «social»– no son competencia del Estado. La autoridad pública no puede imponer ninguna moral a todos: ni una supuestamente mayoritaria, ni la católica, ni ninguna otra. Vulneraría los derechos de los padres y/o de la escuela libremente elegida por ellos según sus convicciones»

Sin embargo, por otra parte, la propia Conferencia Episcopal reconoce que:

«(...) la educación de la conciencia no debe quedar excluida de la tarea educativa. Por el contrario, una educación verdaderamente integral que persiga el desarrollo armonioso de la persona en todas sus dimensiones no puede reducirse a la mera transmisión de conocimientos.»

Y, así mismo:

«Son los padres y es la escuela, como colaboradora de aquéllos, quienes tienen el derecho y el deber de la educación de las conciencias» (subrayado nuestro, A.R.Y)

¿Cómo puede ser la «formación de las conciencias» algo que no puede quedar excluido de la tarea educativa, un deber de la escuela, y, sin embargo, a la misma vez, esa «formación de la conciencia» no puede ser tarea también del Estado? La única premisa que haría inteligible esta contradicción es que el Estado no se hiciera cargo en absoluto de la tarea educativa, que no hubiera escuelas financiadas con fondos públicos. Esta premisa, además de ser un disparate, al menos en la España de 2007, no podemos siquiera considerarla puesto que el propio documento, dentro de este apartado dedicado a la «Educación para la Ciudadanía», en su apartado c), reconoce la existencia de «centros estatales».

Como una posible interpretación que quizás salva las incongruencias de los obispos, podríamos suponer que el problema en la «formación de las conciencias» no es, en realidad, esa «formación» sino determinados contenidos de esa «formación». Los obispos hacen mención expresa a como:

«(...) el nuevo concepto de «homofobia» forma parte de los contenidos previstos como enseñanzas mínimas por los Reales Decretos. Bajo tal concepto se esconde una visión de la constitución de la persona más ligada a las llamadas «orientaciones sexuales» que al sexo. De ahí que el sexo, es decir, la identidad de la persona como varón o como mujer, sea suplantado por el «género» precisamente cuando se señalan los criterios según los cuales se evaluará la conciencia moral de los alumnos de Secundaria.»

Pero si la conferencia episcopal quería argumentar contra el hecho de que, por ejemplo, se «forme», a los jóvenes españoles en la apología de la homosexualidad, podría haber sido un poco más clara. Sin embargo, dudamos que esto esclarezca del todo las contradicciones de los obispos.

2. Relativismo

Además de lo que nosotros hemos llamado «apología de la homosexualidad», los obispos también denuncian, como contenido inaceptable de esa «formación moral», el relativismo:

«(...) hemos de denunciar también que los criterios que guiarán estas enseñanzas son los propios del relativismo (...). La «verdad» no juega papel alguno en los Decretos que desarrollan sus contenidos»

Más adelante, se insiste en que «(...) los criterios que guiarán estas enseñanzas son los propios del relativismo (...)» y en que, aunque «todos deseamos que la escuela forme ciudadanos libres, conscientes de sus deberes y de sus derechos, verdaderamente críticos y tolerantes», sin embargo, «eso no se consigue con introducir en las conciencias de los jóvenes el relativismo moral».

Sin embargo, ¿no implicaría el mismo relativismo, al que los obispos dicen oponerse, el pensar que la «formación moral» es competencia exclusiva de las «familias»? Dicen los obispos, en su invitación final:

«Los padres harán muy bien en defender con todos los medios legítimos a su alcance el derecho que les asiste de ser ellos quienes determinen la educación moral que desean para sus hijos.»

¿Sea cuál sea esa educación? ¿Puede permitirse España tantas «formaciones de la conciencia» como familias, o al menos tantas como religiones y sectas, a cual más delirante? ¿Por ejemplo, la «formación de las conciencias» en la que se incluya como prácticas habituales la mutilación genital femenina? ¿Sería una intromisión del Estado no tolerar en las escuelas que las mujeres vinieran cubiertas con un velo, tapándoles el rostro?

Distinto es que la única efectiva «formación de la conciencia» no sea la que tiene lugar impartiendo contenidos mediante los cuales «aprender a ser ciudadano», sino la «formaciones de la conciencia» que procede del adiestramiento que la escuela impone mediante la regulación de las conductas y que hace que determinadas normas tengan impulso o fuerza de obligar.

3. Conclusión

Quizás tras la confusión de las formulaciones de los obispos solo esté la denuncia del intento de adoctrinamiento partidista de la nueva «Educación para la Ciudadanía», adoctrinamiento en el «humanismo de la izquierda híbrida». Pero nos preguntamos hasta qué punto los obispos, y muchos católicos españoles, no están empapados de esa misma ideología de nuestro presente. Por ejemplo, cuando en este mismo documento, los propios obispos consideran que los jóvenes deben ser formados en la «consolidación de la paz», o cuando afirman que se trata de la formación de «ciudadanos tolerantes». Ideología que, por cierto, nos tememos que, en algunos casos, empapa también las propias clases de Religión católica.

Las formulaciones confusas de los obispos permiten entrever la débil estrategia de un catolicismo en repliegue que ya solo aspira a recluirse «en las familias», un catolicismo que parece dudar, en contradicción flagrante, de su propio universalismo. No estamos echando de menos, claro, desde nuestras coordenadas de un «ateísmo católico», que los obispos quieran imponer el catolicismo en la enseñanza. Pero sí que podrían ser más claro en la posibilidad de «formar las conciencias» en aquellas «virtudes humanas» de las que habla, por ejemplo, el Catecismo de la Iglesia. Aunque, insistimos, esas virtudes y, en suma, la firmeza y la generosidad, no se adquieran, desde luego, gracias a una «educación de la ciudadanía», sino, dada su índole etológico-psicológica y su naturaleza hormonal, gracias al adiestramiento de los individuos. Adiestramiento que, estaríamos dispuestos a conceder a los obispos, es propio, aunque no exclusivo, del ámbito familiar.

En cualquier caso, volviendo otra vez a la asignatura de Religión, y de nuevo desde nuestro ateísmo católico, sería interesante que, mientras exista una asignatura así, los jóvenes españoles salgan de ella sabiendo algo más de qué es la Santísima Trinidad y la Eucaristía, por ejemplo, y que no se les adoctrine en ese «humanismo de la izquierda híbrida», como a veces se hace.

Para terminar, solo añadir que una asignatura de «Ética» o de «Educación para la ciudadanía», en la medida en que sea impartida filosóficamente, no podrá convertirse en nematología de la actual democracia coronada, o, peor aun, de la socialdemocracia de la España de nuestro presente. Lo cual no quita para que no pueda ser, a su manera edificante, aunque entendiendo esto bien:

«Si la filosofía moral ha de ser edificante, lo será a través de los métodos propios de la filosofía que, en nuestra tradición, son los métodos lógicos ligados a la argumentación, a la discusión y al debate. Estos métodos implican necesariamente la crítica –por tanto la destrucción o trituración de todo aquello que pueda ser demolido y la determinación de aquellos principios o factores que parezcan indestructibles, trascendentales»{2}

Una asignatura de «Ética» o «Educación para la ciudadanía», impartida filosóficamente, será, pues edificante triturando todas esas ideas oscuras y confusas como «Paz», «Tolerancia», «Solidaridad», «Democracia» &c. Pero también introduciendo claridad y distinción en la idea de «Nación», y, por tanto, llevando a los alumnos más allá de la simpleza de afirmar que «nación es un concepto discutido y discutible», como afirmó Rodríguez Zapatero, y, así mismo, facilitando a los alumnos españoles unas herramientas desde las que hacer frente a las amenazas a la unidad y a la identidad de nuestra nación. Podría incluso también, en las clases de esta nueva asignatura, triturarse todos los mitos en relación a la Historia de España (los mitos que conforman la Leyenda Negra), así como todos los mitos y falsedades de los que se recubre el nacionalismo fraccionario vasco, catalán, gallego &c.

De esta forma, sin abandonar los métodos propios de la filosofía, podríamos a lo mejor estar contribuyendo, a una cierta educación de la ciudadanía... española. Aunque, probablemente, en un sentido diferente al esperado por el legislador. En este sentido, más que seguir las invitaciones a la objeción de conciencia, frente a la nueva asignatura, que se están haciendo desde la Iglesia Católica, quizás quepa más bien, desde una perspectiva afín al marxismo, algo análogo, desde nuestra situación de profesores de enseñanza media, a esa teoría del uso alternativo del Derecho, que Don José María Laso Prieto ha querido recordarnos, no hace mucho, desde las páginas de esta misma revista{3}.

Notas

{1} Jaquín Robles López, «Educación para la ciudadanía: Protágoras y Gorgias», El Catoplepas, nº 36, pág. 10

{2} Gustavo Bueno, «Reflexiones sobre la función de la filosofía moral en el Bachillerato», El Basilisco, nº 14, pág. 93.

{3} José María Laso Prieto, «Sobre la Teoría del uso alternativo del Derecho», El Catoblepas, nº 44, pág. 6

 

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