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El Catoblepas, número 47, enero 2006
  El Catoblepasnúmero 47 • enero 2006 • página 10
Comentarios

La teoría «e.p.m»
de Silverio Sánchez Corredera indice de la polémica

Joaquín Robles López

Nuestro diagnóstico de esta interpretación particular del materialismo filosófico
es que, junto a algunos hallazgos interesantes, contiene un número
significativo de «errores»

Silverio Sánchez Corredera (en adelante SSC) ha publicado, entre otras, una teoría, elaborada sobre otra anterior de Gustavo Bueno, en torno a las ideas de Ética, Moral y Política. Lo ha hecho en la primera parte de su tesis doctoral, publicada por Pentalfa con el título Jovellanos y el jovellanismo, en un artículo de El Catoblepas («Jovellanos: contribución a la teoría política», 38:13), y en una ponencia, que escuchamos en el congreso Filosofía y Cuerpo de Murcia, publicada, junto al resto de ponencias, en el libro de Ediciones Libertarias que lleva por título Filosofía y Cuerpo. Debates en torno al pensamiento de Gustavo Bueno, págs. 177-184, y en la que anclamos nuestro análisis.

En este comentario, en principio concebido como el primero de una serie de críticas del libro sobre Jovellanos, nos ha parecido oportuno centrarnos en esta teoría de SSC y no tratar el asunto que constituye el nudo central de la segunda parte de la tesis doctoral, en donde Silverio establece un asombroso paralelismo entre las seis generaciones de izquierdas, analizadas y clasificadas por Bueno en El mito de la izquierda, y la evolución del pensamiento de Jovellanos. Poco podemos añadir a los abundantes elogios que esta segunda parte ha merecido por parte de autoridades académicas o, más modestamente, por los mismos articulistas de esta revista{1}.

Nos centramos, pues, en la primera parte de este libro y, sobre todo, en el artículo mencionado para mostrar algunos asuntos que no termino de poder comprender y para plantear –siempre que se me atribuya estar en mis cabales cuando lo hago– los fundamentos de dicha indeterminación. Con la intención de apelar a otros que tendrán a bien, si lo estiman oportuno, sacarme del marasmo en el que me ha sumergido la lectura de la teoría e.p.m. de SSC.

Cuestiones proemiales

¿La teoría «e.p.m» es una reexposición de la doctrina del Materialismo filosófico, o es una interpretación?

De tratarse de lo primero, ¿es una reexposición correcta, o contiene errores?

De tratarse de lo segundo, ¿es una interpretación canónica, o desviada (rectificada)?{2}

Dice Silverio en su artículo de El Catoblepas citado:

«Intentar resumir esta parte{3} nos llevaría muy lejos y preferimos no hacerlo aquí; sólo decir que se reexponen las teorías de Gustavo Bueno, uniendo nosotros sus análisis sobre la contraposición ética/moral con sus exámenes sobre la política y la doctrina de la eutaxia. Pero no es sólo una representación de las teorías del maestro, porque intentan desarrollar su fertilidad movidos por la necesidad de poner en relación no sólo la ética y la moral sino a éstas con la política, en cuanto que esta tríada e-p-m puede iluminar espacios oscuros en el análisis histórico y es capaz de organizar el corpus de ideas de Jovellanos (como de tantos otros si fuera el caso) y de catalogarlo filosóficamente.» (cursivas y negritas mías.)

Esta declaración, en la que se nos dice que se va a desarrollar una reexposición de la doctrina E-M ampliándola en una triada que contemplaría también la P, de Política, es, por lo menos, curiosa. Porque tal ampliación ya está dada, incluida, en lo que Silverio llama teoría E-M porque ésta no puede separarse absolutamente de sus implicaciones políticas. Disociar, como hace Gustavo Bueno en El sentido de la vida, ciertas cuestiones de relación entre Ética y Moral, no implica que los términos analizados puedan independizarse absolutamente de las cuestiones políticas. Como el mismo Gustavo Bueno indica en la obra citada y otras posteriores. Así, la «Lectura Primera» no se titula «Ética y Moral» sin más, sino que añade la tercera en discordia «Derecho». En donde «Derecho», precisamente, permite establecer el vínculo político de la Ética y la Moral de modo disociable pero inseparable. Así, cuando Gustavo Bueno habla, en la página 79 de El sentido de la vida y siguientes, «sobre la fuerza de obligar de las normas éticas y morales» no puede dejar de mencionar que «el impulso de las normas jurídicas tiene la naturaleza coactiva propia del Estado»{4}. Tampoco desde la perspectiva de la Política se pueden separar de modo absoluto las cuestiones éticas y morales:

«Pero decir que la política o el derecho «debe respetar la ética» no tiene el sentido de que la ética o la moral sea algo así como una regla inspiradora (como si el político estuviera vigilado por el moralista) ... sino más bien porque la ética y la moral son la materia sobre la que se basa la política y el derecho. Si la política o el derecho no se ajustan a la ética o a la moral de referencia, no es sencillamente política; se producirá un divorcio que acabará por derrumbar al sistema» (pág. 344 de El sentido de la vida.)

Pero entonces, ¿a qué se refiere SSC cuando dice «uniendo nosotros sus análisis sobre la contraposición ético-moral con sus exámenes sobre la política y la eutaxia»? ¿Acaso estaban desunidos en la obra de Gustavo Bueno? ¿Es que Gustavo Bueno las ha separado alguna vez como si de esferas exentas se tratase? ¿Y cómo podríamos considerar como reexposición ampliada una teoría que comienza declarando la contraposición de aspectos éticos y morales insertos en una esfera (E-M), por un lado, y los aspectos políticos y jurídicos, por otro, como si pertenecieran a una esfera diferente en virtud de aplicarse a fenómenos distintos?

Nos tememos que si estamos ante una reexposición nos enfrentamos a un problema de principio que Silverio –muy a pesar de sus indudables aciertos analíticos– no ha tomado en consideración y que afecta, muy seriamente, a sus análisis. A saber: la confusión entre unas clasificaciones o enclasamientos de fenómenos (en este caso, de operaciones humanas, acciones) y los fenómenos mismos; así, leemos en su artículo publicado en Filosofía y cuerpo...: «La diferencia entre los fenómenos distributivos y los atributivos nos permite realizar análisis claros aplicables a las relaciones de los scp{5} en sociedad.» De esta guisa, según Silverio, son los propios fenómenos quienes contienen una estructura distributiva o atributiva que permitiría enclasarlos posteriormente como éticos, morales y políticos. Pero esto es ininteligible. Baste aquí recordar que una misma acción humana puede enclasarse, según el punto de vista que se adopte en un lugar u otro. No es que «asesinar» sea un acto «cacoético»{6} por ser un «fenómeno distributivo»{7} sino que el asesinato puede recortarse indistintamente con las tijeras de la Ética, de la Moral o de la Política arrojando, como resultado, un conflicto o no haciéndolo. Esto es: el asesinato puede justificarse como «mal menor» desde una perspectiva ética: por ejemplo el asesinato de una «viuda negra» palestina que se dispone a volar con los explosivos atados a su cintura un autobús escolar israelí. Pero es imposible desconectar de la propia teoría del «mal menor» las cuestiones políticas y morales. En términos éticos: que muera un individuo es preferible a que mueran doscientos. Pero como este individuo no es nunca, materialmente, un sujeto abstracto, entonces, la preferencia depende de su filiación política (de su nacionalidad) o moral.

Argumenta SCC esta afirmación inicial suya sobre fenómenos distributivos y atributivos, en la página 179 del libro Filosofía y cuerpo..., en la nota al pie nº 201, cuando advierte la diferencia entre diversos tipos de conglomerados sociales de tipo distributivo o atributivo: «De la cola del cine cualquiera puede irse cuando se le antoje, en el avión no puedo apearme cuando quiera ... en la cola del cine todos son iguales, en un viaje de avión todos somos equivalentes en cuanto al trato (salvo que haya primera y segunda clase)».

De esta forma, siempre según SSC, la cola de un cine es un conglomerado «distributivo» y el pasaje de un avión, «atributivo». Esto vuelve a ser ininteligible: lo que está «distribuido» en ambos ejemplos son los SCP (en su terminología) esto es: los cuerpos. Desde este punto de vista los dos ejemplos se constituyen como totalidades compuestas por individuos corpóreos humanos y son distributivas. Al introducir otras variables la cosa cambia: por ejemplo, en la cola de un cine la posición que ocupa un individuo A no puede desconectarse de la que ocupan el resto de individuos (B, C, D, ...N). De hecho cuando el individuo D, pongamos por caso, consigue su entrada, el individuo A y el resto adelantan una posición en la cola. Y esta totalidad ya es atributiva. Que el individuo pueda irse, si le apetece, de la cola no implica que estemos ante una mera yuxtaposición o agregado de partes iguales porque del mismo modo en el que un pasajero no puede abandonar el avión, tampoco puede, quien aguarda en la cola del cine, saltarse su turno. Y por cierto: en todo caso existe un impedimento físico –el cierre hermético de puertas y ventanas de un avión– que impide que el pasaje lo abandone. Pero ante una causa suficientemente justificada –por ejemplo, un ataque cardiaco– el avión puede suspender su vuelo para permitir al individuo ser atendido debidamente en un hospital. La existencia de unas normas, escritas o no, no transforma por sí misma una totalidad de individuos en atributiva o distributiva. En este ejemplo apreciamos una absoluta desorientación de SSC cuando indica que hay grupos en donde la individualidad permanece (distributivos) y otros en donde los individuos quedan «socializados» (sic) en virtud de su sometimiento a normas. El ejemplo del cine no puede ser peor: pero cualquiera sería malo porque lo que se pretende demostrar o ilustrar con estos ejemplos es la existencia de «fenómenos» distributivos o atributivos por sí mismos con abstracción del punto de vista en el que dichos fenómenos quedan enclasados. Estos ejemplos muestran la sustantificación de clases y fenómenos, indistintamente, que realiza SSC en su teoría e.p.m. dice Silverio: «Estos fenómenos se expresan lógicamente indicando que las clases o conjuntos pueden contener a sus elementos de forma distributiva o atributiva». Como dijimos un mismo fenómeno o serie de fenómenos pueden enclasarse en totalidades distributivas o atributivas pero esto no significa que las clases por sí mismas y con abstracción de sus partes sean ellas mismas atributivas o distributivas de modo disyunto. Si antes erraba SSC al hablar de fenómenos distributivos o atributivos, ahora yerra al sustancializar las clases. Y no sólo porque existen totalidades mixtas o isoméricas, sino, ante todo, porque una clase será atributiva o distributiva sólo en función de sus partes y de las conexiones establecidas entre sus partes. Por seguir con sus ejemplos y remarcar lo ya dicho: la cola de un cine no es necesariamente una totalidad distributiva que obligara «metaméricamente» a sus partes a conectarse como meros agregados; antes bien: es una totalidad que será atributiva o distributiva en función de las conexiones analizadas (o privilegiadas) entre sus partes. Así, cuando analizamos el ordenamiento de los individuos en función de su incorporación a la cola y la posición de cada uno de ellos por respecto a la serie completa de individuos que la forman, estamos ante una totalidad atributiva. Pero cuando analizamos no ya la posición en la cola sino la condición de «consumidores de cine» que les relaciona, entonces, es distributiva. Y en el caso del avión como clase atributiva supone Silverio, y supone mal, que clase atributiva dice inseparabilidad de sus partes (por esto lo del pasajero que no puede abandonar el avión), pero esto no siempre es así (véase el concepto de conexión sinecoide). También, en este caso, la hipóstasis es flagrante.

La confusión, creo yo, obedece a que SSC ha interpretado la teoría holótica del Materialismo Filosófico como un retrato al natural. Es una lectura positivista de esta teoría que desde su función de fundamento «colorea» toda su teoría e.p.c.

Veamos por ejemplo como este positivismo ejercitado –aunque no representado– lleva a nuestro autor a decir lo siguiente: «Desde un punto de vista ético todos los extranjeros que visitan nuestra ciudad los consideramos nuestros iguales, es decir: personas. Pero la policía –que actúa en nombre de todos– a uno lo verá como ‘sin papeles’, a otro como turista, a otro como inmigrante legal, e incluso, a otro como terrorista» (pág. 181 de Filosofía y cuerpo).

Es más que dudoso que desde las coordenadas establecidas por Gustavo Bueno para el análisis sobre la idea de persona se pueda hablar de ésta, sin más, como una condición ética. No cabe duda de que los extranjeros son seres humanos, individuos, desde la perspectiva ética, pero en la consideración de personas han de operar otro tipo de consideraciones que son ya morales y políticas. ¿O es que acaso la policía no advierte este carácter «personal» de los extranjeros? ¿Es, acaso, incompatible con la idea de persona que maneja SSC, el ser «turista» o «inmigrante legal» cuando quien discrimina es un policía?

También: «La ética tiene que ver con lo que nos hace a todos iguales.. el derecho a una vida, (...) a la libertad de movimientos, a la posibilidad de expresar las ideas»{8} (pág. 180) y para remate: «Cuando voto en unas elecciones estoy actuando no sólo éticamente en cuanto que libre...» (nota 205, pág. 181). ¿Esto es una reexposición? ¿Cómo se puede hablar de libertad de un acto «ético» pretendiendo estar reexponiendo a Gustavo Bueno?: «La libertad es un proceso no un acto.»{9}

Pero, entonces, si no podemos acogernos al concepto de reexposición ni de ampliación, ¿es porque estamos ante una rectificación?

No lo parece. Más bien, y es este nuestro diagnóstico final, la teoría e.p.m de SSC, es una interpretación muy particular que, junto a algunos hallazgos interesantes, contiene un número significativo de «errores» que nos impiden ponerla al lado de otras interpretaciones canónicas{10} de doctrinas de naturaleza semejante. Unos errores que no son meros episodios de los que se pueda prescindir (porque no afectan al conjunto de la doctrina) sino, antes bien, malentendidos que desvían los fundamentos de la doctrina expuesta –porque, de hecho, son su acto exercitu– por ramas muy alejadas de lo que, a mi juicio, constituye la doctrina del Materialismo Filosófico sobre la Ética, la Moral y la Política y la convierten, lejos de clarificar nada, en un ejercicio laberíntico, en un galimatías de siglas que lo confunde todo.

Notas

{1} Así, Pelayo Pérez en http://nodulo.org/ec/2005/n038p23.htm

{2} Pido perdón de antemano por el siguiente excurso que estimo absolutamente necesario: no es lo mismo interpretar las tesis de Silverio como las de un profesor de filosofía que explica a sus lectores u oyentes una doctrina particular de un filósofo, que hacerlo como las tesis de un filósofo que «habla por sí mismo» (con independencia de que se apoye en otras doctrinas precedentes). En el primer caso, debemos hablar, en propiedad, de aciertos o de errores en la (correcta o mala) reexposición de la doctrina. El mero contraste entre la doctrina, supuestamente, re-expuesta y la doctrina escrita con anterioridad a lo expuesto (ya que lo expuesto tiene la intención de mantenerse en lo escrito) sirve para señalar los errores, si los hubiere, de la reexposición.

En el segundo caso, no cabe hablar de «error» sino de rectificación, que ya no podría juzgarse por medio del contraste con la doctrina de referencia al ser esta misma doctrina la rectificada. Sólo podríamos recuperar esta figura del «error» apelando a otra doctrina diferente capaz de medir y criticar (esto es, clasificar como ciertas o erróneas) a las doctrinas en conflicto o bien triturando la rectificación desde unas coordenadas comunes. Porque es completamente imposible señalar «errores objetivos» cuando la rectificación no puede mantenerse en el terreno de lo rectificado, cuando lo desborda hasta interesar a los fundamentos ontológicos (y, por lo mismo, gnoseológicos). Pues en tal caso, no se cuestiona tanto la supuesta verdad objetiva de la rectificación, cuanto que tal interpretación no constituya una especie de metábasis doctrinal que, a fuerza de rectificaciones aparentemente insertas en el sistema de referencia, acaban por rebasar la doctrina que sólo se pretendía reformar. Un caso, verdaderamente espectacular de esto que decimos lo constituyen las críticas de David Alvargonzález a la verdad de las religiones primarias. Pero el caso de SSC es distinto. Distinto porque el autor no se ha propuesto, al menos intencionalmente, ni se ha representado, rectificación alguna, como veremos.

{3} Se refiere, claro está, a la primera parte de su tesis doctoral.

{4} Además lo hace dedicándole un tercer epígrafe.

{5} Sujetos Corpóreos Prolépticos (sic)

{6} Concepto que Silverio prefiere utilizar por «anti» o «no» ético.

{7} Encontramos una soberana dificultad para hablar de fenómenos distributivos o atributivos no sólo en que se mezclan en esta expresión los géneros M2 y M3, a efectos analíticos, sino, sobre todo, en que las totalidades atributivas y distributivas no pueden reducirse, sin más, a la clase unitaria. Del mismo modo en que no puede haber un campo científico compuesto por un solo término, tampoco podemos admitir que un fenómeno simple pueda contener una estructura distributiva o atributiva fisicalista. Porque sólo desbordando el fenómeno mismo (esto es: interpretando que estamos ante una clase uniádica y no ante un fenómeno) podemos empezar a hablar en estos términos

Otra cosa es que en el análisis de los fenómenos encontremos partes que conformen con otras partes totalidades de carácter atributivo o distributivo en función de sus conexiones internas. Pero esto, en modo alguno, autoriza a hablar de fenómenos distributivos o atributivos. Desde este enfoque preguntamos: ¿Es el movimiento de rotación de una hélice por acción de un motor un fenómeno distributivo o atributivo? Porque si ponemos este movimiento de la hélice en relación con el resto de piezas del motor, estamos ante un fenómeno inserto en un contexto atributivo, pero si lo insertamos en la serie de movimientos circulares que estudia la física, o con la serie, establecida por ejemplo en función de la velocidad de rotación, de motores que mueven una hélice, entonces, el contexto es distributivo. Pero el fenómeno por sí mismo no es ni una cosa ni otra.

Esto es un puro disparate que se corrige con un somero vistazo al ejemplo que Bueno utiliza en la TCC y que recoge Pelayo García en la Pág. 51 del Diccionario Filosófico: «Cuadrado, respecto de las figuras cuadradas, es una totalidad distributiva (mientras que cuadrado, respecto de los dos triángulos constituidos por una de sus diagonales, es una totalidad atributiva)». Ver http://www.filosofia.org/filomat/df024.htm

Por otro lado resulta inadmisible el tratamiento de Silverio de las totalidades atributivas y distributivas como si fueran clases absolutamente separables: «Y es absolutamente fundamental tener en cuenta que las clases distributivas y las clases atributivas, aunque puedan ser disociables en sus características lógicas, son inseparables, porque toda clase atributiva ha de presuponer siempre una clase distributiva, así como recíprocamente (la clase distributiva «poliedros regulares» presupone una clase atributiva de polígonos regulares «fundidos» por sus lados). No puedo construir la clase de curvas cónicas sin construir, previa o simultáneamente, las clases distributivas de las circunferencias, de las elipses, de las hipérbolas» (http://www.filosofia.org/filomat/df026.htm).

{8} No puede ser una afirmación como esta más incompatible con el Materialismo Filosófico de lo que ya es: la Ética no nos hace iguales sino que presupone una igualdad, cercana a la igualdad etológica o zoológica, como dada, en tanto inserta a los individuos humanos como tales en un contexto distributivo. Proclamar, igualmente, que la libertad de «expresar sus ideas» es una libertad de carácter ético constituye un verdadero dislate: véase al respecto lo que escribe Gustavo Bueno sobre la «libertad de expresión» en El sentido de la vida.

{9} Gustavo Bueno, El sentido de la vida, pág. 335.

{10} Por ejemplo, la desarrollada por Atilana Guerrero en el mismo libro de Filosofía y Cuerpo..., titulada «Persona y Sociedad Política», desarrolla con gran precisión y perspicacia la idea de «Persona» desde la de «Estado», de un modo que «choca», incluso violentamente, en alguna ocasión, con las tesis de Silverio sobre «personas éticas»

 

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