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El Catoblepas, número 18, agosto 2003
  El Catoblepasnúmero 18 • agosto 2003 • página 11
Artículos

El «Ius Peregrinandi»
en la España de Fray Vitoria y en la actual

Antonio Muñoz Ballesta

Se propone un análisis del «ius peregrinandi» defendido por Francisco de Vitoria para enfrentarlo a las ideologías actuales sobre la migración

A Don Álvaro D'Ors, jurista

«Los tiempos que corrían eran tiempos difíciles. La Paz con el francés no era más que una Tregua. Había que sofocar, con mano dura, la populachera sublevación de Gante, y combatir con el turco hasta el final. La política exterior era complejísima, y además... las Indias, con sus gozos y dolores cotidianos.»
Álvaro D'Ors

El derecho de todas la personas a viajar a otros países para comerciar, en definitiva, para vivir, parece, si no se somete a un mínimo análisis filosófico, un «incuestionable derecho natural» de carácter ético.

Derecho natural ético que debería respetarse por todas las sociedades políticas. Así lo vemos reivindicar por diversos colectivos, e intelectuales, desde posturas éticas «irreflexivas», o desde determinados postulados religiosos, &c. Y es totalmente comprensible, e incluso deseable desde la ética, pues no cesan las muertes en el «Estrecho» (y desde hace unos años en las aguas de las Islas Canarias), y en las playas del sur de España, sobre todo en estos meses de verano desde hace más de diez años se repiten una y otra vez a una media de 800 personas por año.

Pero en cuanto contemplamos el asunto, o problema, desde la realidad política y cultural (y las muertes de estas personas también es un problema político) se impone el ofrecer soluciones que tengan en cuenta que la «lucha» entre las distintas sociedades políticas admite la faceta de la modificación de las costumbres y derechos de unas sociedades por otras mediante la introducción de «sus» gentes en el «interior» de otras sociedades políticas, y para ello la «lucha ideológica» puede echar mano de consideraciones éticas o incluso supuestamente políticas como puedan ser la lucha de clases, &c.

Sin embargo en la inmigración internacional ilegal (o legal) también puede tener un aspecto «estatal» o político, como el de mantener una eutaxia mínima en dicha sociedad o región de origen (Marruecos, África subsahariana...), e incluso convertirse en una estrategia política que evite la independencia de un país concreto como se intentó en Lituania años antes de su independencia por la URSS de Gorbachov (Lituania debía mantener su integridad poblacional para ser independiente), o pueda ser la actual Israel.

¿Tienen las sociedades políticas un derecho de exclusión a la inmigración para proteger sus derechos, costumbres, &c.?

Si analizamos un poco el problema, la respuesta es sí. Pues incluso en el ámbito privado todas las personas tienen un derecho de discriminación de unas personas por otras, de invitar a unas personas o a otras. La elección siempre implica el «discriminar» a unas personas a otras, y no solamente en los bienes. Y no se trata de considerar a las personas como cosas, sino del desarrollo libre de la elección de las personas privadas en su existencia cotidiana... o ¿qué es si no, por ejemplo, la elección de unos amigos?

Ahora bien, en el mundo actual las relaciones internacionales, al igual que en el siglo XVI y XVII, los Estados y los Imperios tienen competencias ineludibles para intervenir en los movimientos migratorios. Las sociedades políticas también tienen un derecho de elección de que personas van a con-vivir con sus ciudadanos.{1}

Movimientos migratorios (sin contar los viajes de aventuras o de turismo) que pueden darse, fundamentalmente en dos «marcos»: en el marco de una guerra de conquista imperial o estatal, y en el marco de unas relaciones «pacíficas» entre las sociedades políticas. Pero siempre implican que la cuestión no puede quedarse en el nivel ético. Se trata, también, de una cuestión política.

La filosofía de Habermas ha contribuido, contrariamente a lo que se cree, a llevar más confusión en este problema pues convierte en una exclusiva plataforma ética un tema que requiere, más bien, una plataforma política. La Ética del discurso es un obstáculo insuperable para llegar a un acuerdo sobre el derecho de discriminación. Desde un punto de vista ético no es posible llegar a un derecho tal para la inmigración ilegal o legal de hoy en día.

Para ilustrar este debate de «indignante» actualidad propongo el análisis del «ius peregrinandi» como título legítimo en la llegada de los españoles en la conquista de América en el siglo XVII. Ya en esos años se dieron los análisis filosóficos más pertinentes y acertados que los que puedan darse en la actualidad por la Filosofía del Discurso y de la Comunicación.{2}

Así el derecho de viajar a otras regiones, acertadamente, se debe analizar mediante el estudio de un supuesto título legítimo y desde su relación con la eutaxia de las sociedades políticas concretas, en este caso la España del César Carlos.

El auténtico título legítimo que Fray Vitoria reconoció para que España conquistara América fue el «ius peregrinandi».{3} No eran títulos legítimos la «concesión imperial» o «pontificia», ni un supuesto «derecho de ocupación», ni «la misma resistencia de los Indios a recibir la Fe cristiana», ni «los pecados de aquéllos», ni «un supuesto sometimiento voluntario», ni «una concesión especial de Dios», &c... esos títulos no eran válidos para Francisco de Vitoria, no servían racionalmente para justificar la conquista de América por los españoles.

El «ius peregrinandi» es el derecho a viajar y comerciar de todos los hombres por toda la Tierra, libertad de tráfico y de comercio que debe ser garantizado en cualquier lugar (también por las Indias), y al que corresponde el deber de todos los hombres de admitir en su territorio a otros hombres que quieran comerciar libremente.

¿Y si el «ius peregrinandi» es perturbado o impedido por la fuerza?

Para Fray Vitoria la respuesta es clara: entonces, surge la «causa justa» de hacer la guerra.

Hemos dicho bien ¡Causa justa de hacer la guerra derivada del «ius peregrinandi» de Vitoria!

En cambio si hablamos de un supuesto «ius comunicationis» como ¡derecho a dialogar con el Otro! parece imposible pensar que Fray Vitoria legitimara la conquista y la guerra en América, y lo hizo, sin embargo, mediante el título legítimo del «ius peregrinandi», pero hay que tener en cuenta, por lo tanto, que no es exactamente lo mismo el «ius comunicatonis» que el «ius peregrinandi».

Sí, Francisco de Vitoria es el precursor del Derecho Internacional moderno, pero su interpretación no debería llevarse hasta confundirlo con Grocio &c., y tampoco debería confundirse el «ius peregrinandi» con un obscuro «ius comunicationis»,{4} que unido a su falta de claridad viene a ser visto como una anticipación de la «comunidad libre de dominio» de J. Habermas. Francisco de Vitoria es la cabeza de puente de la modernidad ¡pero ya es demasiado insinuar que es un Habermas en el siglo XVI español!

El «ius peregrinandi» presentaba, en cambio, un problema fundamental para el Emperador Carlos V –como muy bien dice don Álvaro D'Ors en su conferencia pronunciada en la Universidad de Oviedo el 16 de septiembre de 1946–, pues al establecer la legitimidad de la conquista española en un «principio tan racional y neutro» era prácticamente imposible seguir justificando el que solamente los españoles «habían de ser los únicos en poder ocupar las nuevas tierras» del Imperio español.

¿Por qué no también el portugués, el holandés o el inglés...?{5}

Lo que ocurrió después es de todos conocido: una historia de piratas.

Así pues, llevaba razón el César Carlos{6} (si tenemos en cuenta la eutaxia de España) al enviar una carta (en estilo «claro y autoritario, como es decente en la pluma de un Emperador») el 10 de noviembre de 1539, al primer intelectual moderno de Europa: al prior de San Esteban, en Salamanca (Francisco de Vitoria).

«...yo he sido informado que algunos maestros religiosos de esa casa han puesto en plática y tratado en sus sermones y en repeticiones del derecho que Nos tenemos a las Indias islas e tierra firme del mar océano y también de la fuerza y valor de las composiciones que con la autoridad de nuestro muy santo padre se han fecho y hacen en esos reinos, y porque tratar de semejantes cosas sin nuestra sabiduría y sin primero avisar dello, más de ser muy perjudicial y escandaloso, podría traer grandes inconvenientes en deservicio de Dios y desacato de la sede apostólica e vicario de Cristo e daño de nuestra corona real... /mando/ remitan todos aquellos escritos y cesen aquellas relecciones... de lo contrario, yo me tendré por muy deservido y lo mandaré proveer como la calidad del negocio lo requiere.»

Aquí observamos la enorme valía de un dirigente político que quiere dirigir con eutaxia su Imperio.

Sin embargo, el «primer intelectual» (Fray Vitoria), era de otro parecer.

Francisco de Vitoria era del modo de pensar moderno: alejado de la teología, alejado de la política y lo político de la comunidad cristiana o católica; en cierta forma Vitoria vino a introducir la Ética en la política. El derecho internacional moderno es un continuo intento de imponer criterios éticos en las relaciones políticas entre los estados. Más consiguió otro español: Baltasar Ayala y el Ius Publicum Europaeum.{7}

Una ética que se pone en el tablero político internacional por causa del imperio de la «razón» y de la «neutralidad», eso viene a siginificar, en parte, el pensamiento de Vitoria.

Y esos mitos no pueden servir ni convencer a un espíritu práctico y excepcional como el del César Carlos. Para los planes políticos internacionales hay que contar con el finis operis y no hacer ascos a los «manejos de sus agentes, si el conjunto de la obra es satisfactorio y provechoso para la política que defiende»{8}.

Fray Vitoria, el primer intelectual, era de otro parecer, y lo muestra las frases de otra carta que escribe en 1534 a un fraile amigo:

«...nunca Tabalipa ni los suyos habían hecho ningún agravio a los cristianos ni cosa por donde los debiesen hacer la guerra... Pero responden los defensores de los peruleros que los soldados no eran obligados a examinar eso, sino seguir y hacer lo que mandaban los capitanes... Antes se(me) seque la lengua y la mano que yo diga o escriba cosa tan inhumana y fuera de cristiandad (como afirmar la inocencia de esos peruleros)»

«Tabalipa» era el Inca Atahualpa, «y los suyos» era el Imperio Inca, Imperio del cual dos años antes Pizarro y los suyos («los peruleros») se habían apoderado milagrosamente, y habían ejecutado con el consentimiento del Padre Valverde, amigo de Pizarro, a su emperador, el tal «Tabalipa». Frases de un intelectual comprometido las del Fraile, y sin embargo no negó en bloque la legitimidad de la conquista del Imperio español pues ahí están para los que tengan ojos los títulos legítimos de su doctrina. Y el emperador tampoco prohibió en bloque las obras del dominico.

Prudencia política y prudencia intelectual necesarias para dar con soluciones correctas. Y también ahora son precisas esas sindéresis para solventar los problemas (tan injustamente llamados «veraniegos») de la inmigración legal o ilegal, o de la presencia de tropas españolas en el Irak sumido en una guerra de guerrillas contra la fuerza «ocupante». El verano está siendo muy caluroso.

Notas

{1} A los irlandeses que llegaban a mediados del siglo XIX a Nueva York cuando bajaban del barco se les preguntaban sí querían ser «buenos americanos» y si contestaban que sí, se les daba de inmediato la ropa militar para que defendieran a EEUU en la guerra.

{2} Obviamente no lo propongo porque entienda que la inmigración ilegal que se da en el «sur de Europa» sea una «invasión» o «conquista» de un supuesto «Imperio» del Islam, a pesar de que hay grupos que así lo consideran.

{3} Fray Francisco de Vitoria, en realidad, encuentra siete títulos ilegítimos y siete legítimos para justificar el dominio sobre los «indios».

{4} En todo caso podría interpretarse como «poner en común los bienes» que no son de nadie por ser de Dios o ser de todos, como ha dicho recientemente Gustavo Bueno en los VIII Encuentros de Filosofía, Gijón 2003.

{5} ¿Por qué no también el indio, el chino, el checheno... en la España actual?

{6} El cardenal Cisneros, previamente, fue fundamental para la eutaxia de España

{7} Ver mis artículos en El Catoblepas sobre el particular en los números 12 y ss.

{8} Aquí y en este sentido debemos enmarcar, por ejemplo, la decisión del presidente Aznar de enviar tropas españolas a Irak.

 

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