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El Catoblepas
  El Catoblepasnúmero 6 • agosto 2002 • página 20
Televisión

Individuo / persona... y concursante

Bruno Cicero Poo

Se discute si tiene sentido filosófico distinguir entre «Concursante» y «Persona» al referirse a ciertos «Individuos» que participan en programas de televisión

Gran Hermano sigue aportándonos nuevos materiales susceptibles de análisis filosófico. Un análisis filosófico de Gran Hermano hará hincapié (en cuanto que contradistinto al análisis sociológico, psicológico...) en las cuestiones (si las hay) que aporten modificaciones, o en todo caso, debates nuevos en torno a Ideas filosóficas. En el presente texto se abordarán los debates filosóficos que, en torno a la Idea de persona, puede promover (de una manera, en principio, casual) semejante fenómeno.

Pero aún hay quien sigue considerando repudiable cualquier acercamiento desde la filosofía a un fenómeno televisivo «tan trivial» como éste.

Desde nuestros presupuestos la filosofía tiene que ser filosofía implantada (implantada en el presente, se entiende) enfrentada dialécticamente a la manera de entender la filosofía como exenta respecto de ese presente{1}. Además entenderemos la filosofía como crítica (crítica que supone, siempre, una clasificación de los materiales del presente, clasificación que incluye la discriminación, la distinción y la comparación de dichos materiales){2}. Por tanto, un fenómeno del presente como es el de Gran Hermano (un fenómeno del presente que además mueve a millones de espectadores diariamente) no puede ser obviado por una filosofía que se autodefine de esta manera. Esta tarea ya ha sido llevada a cabo con gran acierto por el profesor y filósofo Gustavo Bueno{3}.

Después de una labor tan exhaustiva como la realizada por Gustavo Bueno en los dos libros anteriormente citados, puede parecer que el posible provecho filosófico que se le puede sacar a Gran Hermano ya esté extinto. Pero un nuevo fenómeno ha surgido en su actual edición. Un fenómeno que, pese a darse materialmente en otros programas en principio ajenos a Gran Hermano, ha sido conformado esencialmente desde el mismo interior de la casa, y sólo desde la casa. Por ello se puede considerar como un fenómeno propio de Gran Hermano. Hemos asistido estupefactos en la presente temporada al nacimiento de una nueva distinción ontológica, a saber, la que diferencia entre persona y concursante.

Esta nueva dicotomía ha sido generada por el propio formato del programa, en el que doce personas entran a convivir encerrados en una misma casa, condicionados por multitud de cámaras mediante las cuales podemos seguir sus «actuaciones» las veinticuatro horas del día; cámaras que les condicionan de tal manera que un rasgo accidental suyo como puede ser el de concursante adquiere unas dimensiones tales que permite su hipóstasis y consiguiente separación de su faceta como personas. Sólo desde un concurso con un formato análogo al de Gran Hermano, paradigma de televisión formal{4}–, es posible la aparición de esta nueva distinción, ya que sólo en este tipo de concurso es posible esa hipóstasis; aunque, tras previo análisis, nos pueda llegar a parecer errónea.

Distinguir entre uno y otro se ha hecho ya habitual entre los contertulios de otros programas desde los cuales se comenta lo transcurrido en el interior de la casa (Día a día, A tu lado, Crónicas Marcianas, &c.) en los que abundan afirmaciones como la siguiente: «Yo a fulanito no le juzgo como persona sino como concursante.»

Lo que sí consigue el contertulio que introduce esta nueva distinción es ponerse a salvo de cualquier tipo de represalia. Sólo juzgó a fulanito como concursante, pero no se metió con él como persona. Esta distinción suele resaltar el hecho de que un integrante de la casa, a los ojos del contertulio de turno, está actuando y no se muestra tal y como es. Cuestión que queda inmediatamente neutralizada tan sólo con acudir a la propia etimología de persona, la que hace alusión a la máscara utilizada por los actores griegos para hablar (en latín, per-sonare) en sus actuaciones.

Esta actitud nos muestra la falta de afán crítico que predomina hoy en día. Además suelen acompañar esas afirmaciones con otras como la siguiente: «ya, pero como es así, hay que respetarlo.» Es decir, que el mero hecho de mantener una misma pauta de conducta durante «x» tiempo, ya justifica por sí solo dicho comportamiento (esto llevado al extremo podría tener consecuencias catastróficas para la ética). Esta cuestión se puede poner en relación con lo dicho hasta ahora, ya que si el comportamiento de un individuo como «concursante» es el mismo que el mantenido por él como «persona» (fuera de la casa) no pasa nada, por muy malo que este sea, ya que «él es así». Pero si, por el contrario, hay diferencia entre ambos comportamientos (aunque ésta sea positiva) su actitud será reprochada y criticada puesto que «está actuando». Así pues lo valorado por ellos es que el papel de «concursante» coincida con el de «persona», que sean idénticos (reprocharán el hecho de que alguien concurse), por lo que en este nuevo contexto la frase de «yo no juzgo a fulanito como persona sino como concursante» carecerá de sentido. Ambas afirmaciones se contradicen.

Dejando a un lado esto ultimo, sigamos tratando el asunto de la distinción persona / concursante. ¿Acaso el comportamiento de un integrante de la casa como concursante no es un rasgo más de su comportamiento como persona? ¿Pueden acaso separarse ambos conceptos?

De implantarse, la distinción puede tener consecuencias importantísimas para la ética: Un concursante en cuanto concursante ¿queda al margen de las leyes éticas que rigen entre las personas? ¿Son aplicables los derechos humanos a los concursantes en cuanto que distintos de las personas?

En definitiva, ¿habrá finalmente que incorporar a la clásica distinción entre individuo y persona un tercer concepto, el de concursante?

Persona (humana) / Individuo (humano) es una dicotomía ya clásica en filosofía. La diferenciación denota que toda persona (humana) es un individuo u hombre, pero a la inversa no ocurre así. Es decir, no todo hombre o individuo es una persona (humana). Por ejemplo el Hombre de Neanderthal es un homo, pero nadie se atrevería a decir que fuese una persona. En el derecho romano un esclavo era considerado como un hombre pero no como una persona. ¿Qué características específicas permiten la transformación del individuo en persona? La persona se caracterizaría por ser un individuo «civilizado», esto es, por estar inmerso en la constelación de los valores éticos, morales o jurídicos propios de este mundo{5}.

El desarrollo histórico de la Idea de persona es ineludible para entender su forma actual: la sociedad de personas para constituirse requiere, no ya una cultura desarrollada, sino una civilización. La persona (humana) implica la ciudad, la civilización. Solo en la ciudad cabe la escritura, al margen de la cual, es imposible el derecho como sistema de normas que puedan regir independientemente de quién las promulgó. Cuando se alcanza un nivel de abstracción tal que se hagan posibles los procesos pertinentes de transitividad y de reflexividad, podrá comenzar a elevarse la figura de la persona como sujeto de derechos y deberes, de normas abstractas funcionales, desde las cuales se supone a los individuos como variables o argumentos de esas mismas funciones, es decir, como personas. El proceso de personalización es, en resolución, un proceso histórico{6}.

Ahora analicemos el tercer concepto en discordia, es decir, el de concursante. Concursante, en principio, no es más que una persona que participa en un concurso. Característica ésta que, a priori, no tiene por qué aportar novedades a la Idea de persona. Pues bien ¿es diferente esto cuando hablamos de un concurso que es paradigma de la televisión formal? Pues yo particularmente creo que no, ya que en todo caso este nuevo contexto en el que se ve envuelto el concursante, como mucho modificará la Idea misma de concursante, pero no tiene el peso ontológico suficiente como para introducir modulaciones en la Idea de persona, ni mucho menos como para separarse de ella.

Este tercer concepto podrá ser visto (desde la sociología) como un rol adoptado por esa persona dentro de la casa. Cuestión totalmente cierta, pero en todo caso sería un rol más, junto con el rol de hermano, el de profesor... Sólo cuando ese rol pueda generar modificaciones en la Idea de persona será objeto de análisis para la filosofía en cuanto que «geometría de Ideas»{7}.

Todo lo anterior me parece más bien un nuevo ejemplo de que el vocabulario filosófico está en boca de todos (en este caso, la Idea de persona que como hemos visto es puramente filosófica). Y de que muchos, como es el caso, lo utilizan inadecuadamente. ¿Podría considerarse este ejemplo un caso más de filosofía adjetiva{8}–, ya no generada desde el seno de las ciencias, sino generada desde el formato de un programa televisivo?

Esto no debe restarle valor a la televisión formal, y más específicamente a Gran Hermano, puesto que sólo desde ahí podría haberse generado esta nueva polémica.

Fenómenos así son los que hacen que la filosofía permanezca vigente, ya que por lo menos no le faltarán materiales mundanos (distinción académico / mundano) sobre los que ejercitar su actividad crítica.

Notas

{1} Gustavo Bueno, ¿Qué es la filosofía?, Pentalfa, Oviedo 1995.

{2} Gustavo Bueno, ¿Qué es la filosofía?, Pentalfa, Oviedo 1995.

{3} Gustavo Bueno ha desarrollado este tema en obras tales como Televisión: Apariencia y Verdad, Gedisa, Barcelona 2000, y Telebasura y democracia, Ediciones B, Barcelona 2002.

{4} Gustavo Bueno, Televisión: Apariencia y Verdad, Gedisa, Barcelona 2000.

{5} Gustavo Bueno, El sentido de la vida, Pentalfa, Oviedo 1996.

{6} Gustavo Bueno, El sentido de la vida, Pentalfa, Oviedo 1996.

{7} El principio de Symploké platónico nos permite hablar de la filosofía como si de una geometría de ideas se tratase.

{8} Gustavo Bueno, ¿Qué es la filosofía?, Pentalfa, Oviedo 1995.

 

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